Manifiesto IFLA/UNESCO 2022 sobre las Bibliotecas Públicas

 

Desde este espacio de amor incondicional bibliotecario y el reconocimiento ¡a su labor permanente de incidencia! celebramos y viralizamos el nuevo Manifiesto IFLA/UNESCO 2022 sobre las Bibliotecas Públicas, una actualización necesaria y con visión de futuro.

 

Puedes descargarlo desde la página de IFLA.

 

En mi lectura lo más importante se planteó así:

Subrayando la capacidad de las bibliotecas para defender y promover los valores democráticos, alentar el desarrollo de una ciudadanía bien informada y capaz de tomar sus decisiones de forma crítica y autónoma, así como su misión de defender el acceso al conocimiento sin barreras comerciales, tecnológicas o legales, sensibles a la democracia epistémica…

Erigiéndose como una fuerza vital para defender el derecho a la educación, los derechos culturales y la participación en la vida cultural, la inclusión social y el derecho a la información…

Manifestando que las colecciones y servicios bibliotecarios no deben estar sujetos a ninguna forma de censura ideológica, política o religiosa, ni estar sometidas en modo alguno a presiones comerciales…

El Nuevo Manifiesto IFLA/UNESCO 2022 sobre las Bibliotecas Públicas INSTA a los gobiernos nacionales y locales a apoyar y comprometerse activamente en el desarrollo de las bibliotecas públicas.

Aplausos, que tanto en España como en toda América Latina sirva como documento prioritario para la incidencia, ¡SEA!

 

 

Derechos culturales y posdesarrollo

 

 

«Nosotros hacemos mundos verdaderos. Nosotros somos hechos por palabras verdaderas.»

 

Ahora que todo el sector profesional a nivel internacional está como loco redactando propuestas tras la invitación realizada por la relatora de derechos culturales, “Contribuciones sobre los derechos culturales y el desarrollo sostenible” (hasta el 27 de abril, no nos durmamos) y buscando inspiración para ser lo más eficaces y audaces posibles en esta oportunidad para llevar las políticas culturales al centro de la Agenda 2030, me apoyaba estos días en una lectura pendiente, “Pluriverso. Un diccionario del posdesarrollo”.

Dejo por aquí algunas notas de lectura desde la invitación concreta que tenemos entre manos, celebrando el carácter panorámico y aglutinador del diccionario, recogiendo desde la diversidad epistemológica todas las propuestas alternativas al modelo hegemónico, de mínimos, presente en la actual agenda mundial y que contiene propuestas de futuro trasladables a la conversación actual y oportunidades de mayor profundización democrática.

Desde la intención de construir una comunidad contra-epistémica que presente con la mayor claridad nuevas narrativas que hagan de contrapeso al consenso del control corporativo desde el hecho crudo y desnudo de que “las palabras transmiten cosmovisiones integrales, determinando lo que podemos y lo que no podemos ver”, no me resisto a trasladar aquí, por su relación con los derechos culturales, su definición de pluriverso:

 

“Un pluriverso es un mundo en el que se pueden sembrar diversas esperanzas, se pueden cultivar múltiples oportunidades y se puede lograr una pluralidad de vidas significativas por medio de personas tan diferentes y solidarias como somos.”

 

Estableciendo que, frente a las actuales narrativas globales del “pensamiento-fortaleza” de los neonacionalismos xenófobos en base a la construcción de chivos expiatorios, frente a un mundialismo elitista y tecnocrático, estamos repolitizando el debate sobre la transformación socioecológica más allá del marco eurocéntrico, “lo que está en juego es un profundo proceso de descolonización intelectual, emocional, espiritual y ética”, llevando al centro la diversidad cultural y la DEMOCRACIA DEL CONOCIMIENTO, siendo conscientes de que “las bases indispensables para la vida, INCLUYENDO LA NATURALEZA Y EL CONOCIMIENTO, deben mantenerse dentro del ámbito de los bienes comunes y no ser privatizados” (mayúsculas mías, especialmente las del CONOCIMIENTO).

 

Así, desde una lectura críticamente propositiva, se señala el error de haber dejado fuera de la Agenda 2030 tanto la cultura como sector, como las dimensiones culturales de la ética y la espiritualidad mundial:

 

“Lo que pretendemos es destacar que si no se da una transformación socio-cultural fundamental, la innovación tecnológica y en la gestión no nos ayudará a salir de las crisis.”

“Los imaginarios sociales basados en los derechos humanos y en los derechos de la naturaleza no se alcanzarán mediante intervenciones de arriba hacia abajo.”

 

Así, como todo diccionario, a través de una serie de entradas se van recogiendo alternativas mundiales ya presentes y con solidez territorial que rompen y amplían los marcos del actual pensamiento desarrollista.

 

 

 

Recojo por aquí algunas ideas que se repiten como un eco desde las diferentes perspectivas, por lo que pueden suponer para nuestra reflexión actual sobre el papel que puede desempeñar la protección de los derechos culturales como herramienta eficaz para profundizar el acceso a vidas dignas de ser vividas (nunca renunciaré a esa coletilla que se repite siempre: “los derechos culturales son los derechos de la dignidad”).

 

  • Ocultamiento y subvaloración de otras experiencias y conocimientos locales; epistemologías subordinadas o invisibilizadas: siendo evidente que uno de los ámbitos de injusticia global al que quiere responder el reconocimiento de los derechos culturales es precisamente el uso para la opresión del conocimiento en sus múltiples dinámicas, vía commodities, apropiación, silenciamiento, luz de gas, cercamientos, estigmatización y toda la variedad de prácticas extractivistas que dificultan el desarrollo de marcos de reciprocidad.  Como define Ashish Khotari alrededor de la entrada “democracia ecológica”, cómo construimos y protegemos la:

 

“Pluralidad cultural y del conocimiento, donde la diversidad es un principio clave; el conocimiento, incluidos su generación, uso y transmisión, es de dominio público o un bien común; la innovación se genera democráticamente y no hay torres de marfil de «expertos»; el aprendizaje se lleva a cabo como parte de la vida y viviendo, no solo en instituciones especializadas; y las vías individuales o colectivas en pos del bienestar ético y espiritual y de la felicidad están disponibles para todos.”

 

  • Reconocimiento del patrimonio biocultural: especialmente desde las aportaciones al diccionario de Arturo Escobar y de todo el caudal de conocimiento de la agroecología, se lleva al centro la necesidad de un diálogo más estrecho, de una colaboración más cercana entre el campo de las políticas culturales y el mundo agrario internacional, poniendo en valor la innovación epistemológica que reside en esta cercanía: “la agroecología incorpora temas culturales (…) busca ser no sólo conocimiento aplicado sino también un ejemplo de investigación participativa (… es central) el diálogo intercultural, mediante el cual los investigadores identifican las formas de conocimiento de los agricultores tradicionales”. No sólo se pone de manifiesto la potencialidad de los enfoques transculturales y la coproducción de conocimiento, sino la necesidad en este diálogo política cultural-agroecología de definir marcos para la protección de la memoria biocultural transmitida a través de las generaciones, o lo que es lo mismo, PATRIMONIO.

 

 

  • Reemplazar los pilares del imaginario social: desde el reconocimiento de que “el homo economicus mata la diversidad cultural”, sin cambios en la esfera de los saberes, afectividad y espiritualidad no hay una transformación a la altura del reto del cambio climático. Recordé inmediatamente el impacto que está teniendo la lectura del libro “Una trenza de hierba sagrada” de la etnobotánica Robin Wall Kimmerer o ese ensayo de Sánchez Ferlosio que Jorge Riechmann cita más de una vez: “Mientras no cambien los dioses, nada ha cambiado” que apuntan al centro de flotación: los grandes relatos cosmogónicos y sus efectos.

 

  • Políticas culturales y Derechos de la Naturaleza: el reconocimiento de los derechos culturales y de la naturaleza son los grandes logros que vamos a conseguir en este siglo, esta va a ser nuestra agenda de vida (enfermaremos, envejeceremos, moriremos pero habremos empujado en algún grado y para los que llegan este horizonte). El reconocimiento de la Naturaleza como sujeto legal con derechos intrínsecos -como demuestra en nuestro país, por ejemplo, la movilización a favor de los derechos del Mar Menor– transformará nuestra visión desde el actual “dueños del mundo y herederos de la tierra” al desarrollo de la jurisprudencia de la Tierra.

 

  • Ecología de la cultura y localización abierta: me resultó especialmente interesante la llamada a la ampliación de estos dos conceptos «abiertos a enriquecerse con nuevos significados”. Desde el reconocimiento de que en todas las culturas está presente la idea de dignidad y de una vida en común buena y protectora para todos, qué entendemos por sostenibilidad cultural, cómo se engarza esta sostenibilidad cultural con los lugares y espacios en los que la gente vive y cómo empujamos, siguiendo a Doreen Massey, marcos de “localización abierta” conjurando los riesgos de las “ideas de lugar con una sola identidad esencial basada en una historia limitada de un territorio”. Muy interesante para repensar desde las políticas culturales y todo su trabajo en la esfera memorial este reto: “gran parte del mundo actual se desenvuelve sin memoria, como si los espacios que habitamos fuesen geografías en blanco y por lo tanto, estuviesen a disposición del consumo y el desarrollo” Frente a los riesgos de las lecturas territoriales limitadas y excluyentes, cómo movilizamos la afectividad hacia el territorio hacia marcos de apertura e interculturalidad, cómo nos arraigamos sólidamente de forma abierta e incluyente.

 

Dejo por aquí esta lectura personal de “Pluriverso. Un diccionario del posdesarrollo” por si suma en el diálogo abierto por la relatora y logramos incorporar también en la agenda española la importancia que tienen los derechos culturales para el efectivo cumplimiento del actual marco de la Agenda 2030.

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La cultura como un bien público global

 

Para mi tierra de horizontes y brazos siempre abiertos, Castilla y León,

que seguirá siendo acunada, hoy más que nunca,

por la diversidad de los cielos del mundo.

 

Quería dejar en este espacio una breve reseña sobre el último informe de la UNESCO presentado hace unos días “Repensar las políticas para la creatividad-Plantear la cultura como un bien público global” (siento cierta curiosidad por saber cuál es el motivo del cambio de nombre de estos informes, antes “Repensar las políticas culturales”, no me parece una cuestión menor).

En base a los cuatro ejes que permiten el seguimiento de la Convención 2005 para la protección de la diversidad de las expresiones culturales:

  • Apoyar sistemas sostenibles de gobernanza de la cultura.
  • Lograr intercambios equilibrados de bienes y servicios culturales e incrementar la movilidad de los artistas y profesionales de la cultura.
  • Integrar la cultura en los marcos de desarrollo sostenible.
  • Promover los derechos humanos y las libertades fundamentales.

se constatan a nivel internacional tres tendencias a revertir y sobre las que poner el foco de atención:

  • El importante sesgo de género que sigue existiendo en las políticas culturales a nivel internacional, no sólo en términos de desigualdad en la representatividad organizativa cultural mundial, ni en los puestos directivos de las industrias culturales y creativas, sino principalmente en la precariedad laboral y económica que afrontan las trabajadoras culturales, atomizadas y con menor capacidad de negociación.

 

  • La persistente desigualdad global en el comercio de bienes y servicios culturales, reforzada por la “ceguera ante la diversidad cultural” de la que adolecen los tratados de libre comercio bilaterales y multilaterales y los marcos de actuación de la Organización Mundial del Comercio. Reforzado además por las dificultades en la movilidad global de artistas y creadoras del Sur Global por el peso de los actuales marcos migratorios.

 

  • El descuido del papel de la cultura en su aportación al desarrollo sostenible. Sólo el 13% de las evaluaciones nacionales voluntarias del progreso hacia la Agenda 2030 reconocen la contribución de la cultura al desarrollo sostenible.

 

Teniendo como horizonte la consideración, más allá de marcos estatales, de la cultura como un bien público de interés global y el afán por “garantizar ecosistemas culturales diversos y dinámicos que sean justos para la comunidad artística”, me centro en la reflexión aportada por Yarri Kamara en este último informe sobre la integración de la cultura en los marcos de desarrollo sostenible.

Se pone de manifiesto la necesidad de avanzar en las iniciativas culturales multilaterales: “abordar dificultades multidimensionales, interconectadas y cada vez más universales” requiere ir más allá no sólo del ámbito estatal, sino también del peso todavía de la noción de las identidades culturales como sólidas, unívocas, cerradas en sí mismas. Teniendo en cuenta que los derechos culturales deben estar en el centro de cualquier debate y actividad relacionado con el desarrollo sostenible, se percibe con claridad como agente privilegiado para integrar la dimensión cultural en la agenda para el desarrollo, el ámbito local.

 

“ Los gobiernos locales con suficientes recursos suelen avanzar con algunas de las formas más eficaces e innovadoras de integrar la cultura en la planificación del desarrollo sostenible.”

 

Para garantizar que la política cultural realmente está en consonancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible es importante tener en cuenta, como señala Yarri Kamara:

 

“Si bien el marco holístico de la Agenda 2030 ofrece múltiples vías para integrar la cultura, el número limitado de metas que mencionan la cultura de forma expresa no incita lo suficiente a los responsables de la elaboración de políticas a reflexionar sobre la importancia de la cultura en general a la hora de alcanzar los ODS, y menos aún sobre la aportación específica de las industrias culturales y creativas.”

 

Por lo que, para seguir avanzando en la integración de la dimensión cultural en los marcos de desarrollo sostenible en España, se marcan como prioridades muy claras, en el medio plazo la acción coordinada internacional para el logro de un ODS propio en la Agenda Post-2030 y en el cortísimo plazo por evidente y urgente ante la involución democrática en curso, el refuerzo de las competencias culturales del nivel local en España, caballo de batalla eterno, que por lógica, habría que abordar ya.

 

 

Muy interesante también es la centralidad que ocupa ya la reflexión sobre la infrautilización de las acciones culturales en la acción climática. Reconociendo que las artes y los medios de comunicación son siempre actores clave para crear el futuro, y apoyándose también en el Informe sobre la cultura y el desarrollo sostenible del Secretario General de las Naciones Unidas, se pone de manifiesto la importancia vital que puede jugar el sector cultural y la creación artística de todo signo como herramienta potente en la lucha contra el cambio climático. Si “la diversidad de expresiones culturales tienen el poder de dar forma a las narrativas de una nueva sociedad”, ¿cómo potenciar, también desde la inversión, el papel de la cultura para impulsar el cambio de paradigma? Sin duda ya se están dando pasos también para la innovación en la financiación de la cultura, quizá más avanzados desde el sector de la inversión de impacto y la banca ética. Reseñable en esta dirección, por lo que supuso para el diálogo y el establecimiento de nuevas alianzas y colaboraciones, fue la publicación “La inversión de impacto en la economía creativa global” impulsado por NESTA el año pasado.

 

Pero si algo del informe ha resonado profundamente en mí ha sido (siempre es importante estar acompañada en las obsesiones) la reivindicación aún tímida de la importancia, de la centralidad que han de tener las políticas culturales en su vínculo con las políticas de seguridad. Como se pone de manifiesto a través de ejemplo del Proyecto Cultura y Humanismo del Ministerio de Cultura de Mali en los esfuerzos por movilizar la cultura como freno al extremismo violento, animando a los jóvenes a convertirse en agentes de cambio, creando cortafuegos frente al odio y la pureza, a través de la creación artística, ha llegado el tiempo también en España de poner en el centro del debate nuestro protagonismo en las políticas de seguridad humana.

 

Leyendo el informe me preguntaba por qué aún no hemos incorporado en los programas electorales de cultura una propuesta de innovación institucional clave: el impulso de una Dirección General de Cultura y Seguridad dentro del Ministerio del Interior.

Más allá del marco de actuación del tradicional Ministerio de Cultura y Deporte, es fundamental, desde marcos de protección y promoción de la diversidad cultural en nuestro país, ser conscientes de nuestra propia importancia para impulsar nuevos modelos securitarios que pongan en el centro nuevas lógicas en la propia concepción de la seguridad.

¿No sería interesante animar una reflexión sectorial sobre cómo podría impulsarse esa incorporación de la cultura dentro del Ministerio del Interior, qué supondría este diálogo diverso desde otros marcos de experiencia?

Si se impulsase una redefinición de los actuales marcos de seguridad-fortaleza-negocio hacia una seguridad humana, qué lógica de pronto nos parecería la inclusión de las políticas culturales, en toda su diversidad en el Ministerio (el papel de la cultura comunitaria, el protagonismo de la educación intercultural, el papel de la cultura de paz). No desde posiciones periféricas ni en marcos de convenios de Tercer Sector. ¿Qué supondría esta innovación institucional, esta dirección general dentro del Ministerio del Interior?

Me quedo pensando en ello. Mucho. Muchísimo. Al fin y al cabo, las políticas culturales en base a derechos son una herramienta central para los retos del siglo XXI.

 

Declaración de Pamplona-Iruñea de la edición independiente

 

Conjurando el riesgo de que importantes reflexiones sectoriales queden invisibilizadas o en un modesto segundo plano para el resto del sector de las políticas culturales, me hago eco de la Declaración de Pamplona-Iruñea nacida del encuentro internacional de la edición independiente celebrado el pasado mes de noviembre. El equipo organizador del Encuentro anuncia que está elaborando también durante este primer semestre una Guía de Buenas Prácticas que harán pública en los próximos meses, por lo que aquí les estaremos esperando.

Bajo el título ampliado “Declaración de Pamplona-Iruñea. Por una edición independiente, decolonial, ecológica, feminista, libre, social y solidaria” el manifiesto recoge de forma muy clara los principales retos que afronta la edición independiente tanto en nuestro país como en la esfera internacional.

Partiendo de los tres ejes clave:

  • El reconocimiento del carácter cultural, social y político del libro y la lectura.
  • El compromiso con la democratización del mundo del libro y la lectura.
  • La defensa de la lectura como práctica liberadora y para el fortalecimiento de una ciudadanía crítica

se desgrana la actual configuración neoliberal mundial del mercado del libro proponiendo ejes correctores.

Como recordaba Roger Chartier en las conversaciones recogidas en “Lectura y pandemia” que volvieron a mi memoria tras leer la Declaración de Pamplona, no podemos olvidar que la lectura “se trata también de una práctica cuyo ejercicio depende de sus condiciones de posibilidad, distribuidas de forma muy desigual en cada sociedad” y que actualmente, en términos de lectura afrontamos riesgos no solamente para el conocimiento sino también para la democracia: “el actual tipo de lectura acelerada y crédula se constituye en un poderoso instrumento de comunicación para todas las formas de manipulaciones, de falsificaciones y de reescrituras engañosas del pasado. Son amenazas temibles para el futuro.”

 

Así, para proteger la expresión de la diversidad cultural en el mundo del libro es prioritario dar la voz de alarma ante la creciente concentración del sector editorial y su actual configuración geopolítica. Esta evidente desigualdad estructural en el mundo del libro sigue siendo una manifestación de procesos más profundos de neocolonialismo, o como bien explicaba Ngugi wa Thiong´o en su clásico “Descolonizar la mente”:

 

“El control político y económico no puede ser total ni efectivo sin el dominio de las mentes. Controlar la cultura de un pueblo es dominar sus herramientas de autodefinición en relación con otros.”

 

Se pone de manifiesto también, el riesgo que esta concentración editorial supone para el efectivo control de la palabra y el refuerzo de los diversos procesos de silenciamiento (como desgrana en detalle Susan Hawthorne en su obra Bibliodiversidad), especialmente para las mujeres y las minorías. Así, si queremos fortalecer la libertad de expresión pero fundamentalmente reforzar mecanismos de equidad en el acceso a la expresión es necesario articular medidas positivas a favor de la protección de la bibliodiversidad en nuestras sociedades y denunciar los procesos de lucro editorial basados en la estigmatización y la deshumanización de todo signo.

Quizá lo más luminoso de la Declaración, junto a la mirada y responsabilidad ecológica dentro del mundo del libro, resida en el reconocimiento de la vocación democratizadora de la edición independiente, cómo el engranaje de toda la cadena de valor del mundo editorial desde una mirada que comprendiese el libro como bien común reforzaría los procesos democráticos. Así, la promoción de la bibliodiversidad, el apoyo a la edición en lenguas minorizadas, las relaciones editoriales globales en términos de horizontalidad, reciprocidad y consciencia de la interdependencia, contribuirían a la construcción de marcos posibilitadores para la justicia global.

Un documento importante (para mí junto a la declaración del mundo editorial chileno en el marco del proceso constituyente, dos documentos claramente enfocados a la creación de futuro) que nos permitirá seguir dialogando e impulsando conjuntamente una mejor y mayor defensa, también desde el ámbito editorial,  de los derechos culturales en nuestro país. Seguimos.

Debida diligencia empresarial y derechos culturales

 

En la esfera internacional estamos asistiendo a un momento clave para la transformación del ecosistema empresarial global. Si por una parte, en el seno de Naciones Unidas sigue avanzando el trabajo a favor de un Tratado Vinculante sobre Transnacionales y Derechos Humanos, el avance legal nacional en materia de Debida Diligencia Empresarial cobra cada vez mayor fuerza. Tanto la celebración este año del décimo aniversario de los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos como la reciente directiva europea sobre debida diligencia en derechos humanos y medio ambiente del pasado marzo que impulsará un proceso de armonización legal en el seno de la Unión Europea, con consecuencias internacionales, nos muestran que el cambio global hacia otro modo de hacer empresa es cuestión de tiempo. Asistimos a un proceso paulatino del fin del tiempo de la voluntariedad en el cumplimiento de los criterios ESG por parte de las empresas, a marcos de responsabilidad social corporativa de obligatorio cumplimiento, así como a una seria toma de conciencia internacional sobre la necesidad de procedimientos de reparación y acceso a la justicia por parte de las víctimas de abusos empresariales en materia de derechos humanos, territoriales o medioambientales.

Sin embargo, teniendo en cuenta que los procesos de debida diligencia en materia de derechos humanos por parte de las empresas han sido desarrollados recientemente y aún no han alcanzado un horizonte de normalización ni pleno conocimiento por parte de éstas, me preguntaba qué acciones enfocadas en el medio y largo plazo podríamos desarrollar para su plena implementación. Partiendo de la urgencia de impulsar marcos normativos estatales como está planteando, por ejemplo, la Plataforma por Empresas Responsables desde España, y aprovechando que el 2021 a punto de finalizar ha sido reconocido por la UNESCO como el Año Internacional de la Economía Creativa para el Desarrollo Sostenible, quizá sería interesante detenernos también en relación a la acción empresarial sobre los distintos aspectos de los derechos humanos, por definición, universales, indivisibles e interdependientes.

Si entendemos que la Debida Diligencia hace referencia al proceso por el cual las empresas identifican, previenen y mitigan los impactos negativos reales y potenciales sobre los derechos humanos y que, más allá del reporting, existe una obligación de respuesta frente a los riesgos identificados, el compromiso político por parte de las organizaciones empresariales en el trabajo tanto para mitigarlos como para hacer públicos y transparentes los esfuerzos realizados, ¿qué papel está jugando la protección de los derechos culturales en la evaluación empresarial de los impactos sobre los derechos humanos?

Si como recoge el Principio Rector 18 de Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos:

“Al evaluar el impacto sobre los derechos humanos, una empresa deberá:

  • Recurrir a expertos en derechos humanos internos y/o independientes.
  • Incluir consultas sustantivas con los titulares de derechos potencialmente afectados y otras partes interesadas.
  • Ser sensible a la dimensión de género y colectivos vulnerables.
  • Repetir la identificación y evaluación de riesgos a intervalos regulares”

¿qué mirada especializada se está aplicando para la protección de esta dimensión particular de los derechos humanos, teniendo en cuenta además el importante impacto desigual por género?

 

 

Aunque revisando la literatura especializada en Debida Diligencia y Derechos Humanos se hace referencia explícita al Protocolo Internacional sobre los Derechos Sociales, Económicos y Culturales, también es cierto que las referencias sobre cultura y Debida Diligencia remiten exclusivamente a dos aspectos: a la cultura organizacional de las empresas y a la gestión de la diversidad cultural en el ámbito de los recursos humanos. Sin negar la importancia de estas dos cuestiones, esta simple radiografía nos muestra la poca atención que se está prestando a esta dimensión clave de los derechos humanos. A fin de cuentas ha sido la relatora especializada en derechos culturales de Naciones Unidas quien en su último informe “Mixing cultures is an human right” afirmaba:

“Deben aplicarse plenamente los Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos. La diligencia debida que se requiere en materia de derechos humanos debe incluir una evaluación de las repercusiones en los derechos culturales.”

La toma de conciencia sobre la desatención del mundo empresarial hacia este punto en concreto abriría, no obstante, interesantes caminos de futuro, por ejemplo, estrechando líneas de colaboración sin ir más lejos, con el grupo de trabajo de empresas y derechos humanos de Naciones Unidas, al que se ha incorporado recientemente en representación de América Latina y el Caribe la experta Fernanda Hopenhaym. La elaboración de un informe independiente de situación sobre el impacto de las medidas de debida diligencia en la protección de los derechos culturales en la región sería un paso estratégico para la transformación estructural de la acción empresarial en la materia.

 

Sin dejar a un lado la importante dimensión cultural de todos los derechos humanos, especialmente el derecho a la alimentación, al agua, a un nivel de vida saludable, cuando hablamos de la protección del derecho a la consulta previa a las comunidades y a la articulación de procesos de participación de las mismas cuando se prevén impactos de la actividad empresarial, nos enfrentamos a lo que John Ruggie denominó como “vacío de gobernabilidad”, las dificultades que acarrea para garantizar la obligatoriedad de estos procesos el hecho de que las empresas no sean reconocidas como sujetos activos por el derecho internacional.

Sin embargo, cuando llevamos nuestra atención a los impactos negativos, por ejemplo, de las industrias extractivas, solemos dejar de lado el papel del extractivismo cultural transnacional, con el ya señalado importante sesgo de género, también recogido en el trabajo del PNUD “Gender dimensions of the guiding principles on business and human rights”. La reciente movilización de las tejedoras mayas en Guatemala a favor de la promulgación de una Ley que protegiese su trabajo frente a la apropiación empresarial, siguiendo la estela de la Ley 20 panameña, o acciones gubernamentales como #MéxicoSinPlagio para denunciar en la esfera internacional el expolio del patrimonio cultural de los pueblos indígenas, especialmente en la esfera de la industria textil, nos muestran la urgencia de incorporar la dimensión cultural con mayor profundidad en los informes empresariales de diligencia debida. Como recogía el informe “Centrarse en lo humano” elaborado junto a otras organizaciones por el Centro de Información de Empresas y Derechos Humanos sabemos que “uno de cada tres ataques registrados contra las personas defensoras de los derechos humanos estaba relacionado con la falta de participación activa, acceso a la información y consulta, o con el hecho de no garantizar el consentimiento previo, libre e informado de las comunidades indígenas”. Teniendo en cuenta que las dimensiones vinculadas a la interrelación entre cultura y territorio, paisaje cultural, patrimonio inmaterial y derecho a la identidad cultural son centrales para la protección de los derechos culturales, tenemos una fotografía de gravedad alrededor de los riesgos vitales que implica su falta de protección. Sigue siendo una tarea pendiente incluir en los procesos de resarcimiento a las víctimas de abuso empresarial la dimensión de las represalias, que inciden no sólo sobre la protección del derecho a la libertad de expresión, sino que se mueven en la esfera del hostigamiento judicial, la intimidación, la estigmatización, las amenazas y la violencia física. En la invitación al trabajo conjunto entre especialistas en derechos culturales y el ámbito de incidencia y desarrollo sobre empresas y derechos humanos sería fundamental también poner el foco sobre el impacto de la gran industria cultural y creativa transnacional en el respeto a la soberanía cultural, en dimensiones tan sensibles como las políticas de comunicación, la gran industria editorial o la protección de los derechos lingüísticos, así como en los marcos planteados por la Convención para la Protección de la Diversidad de las Expresiones Culturales de la UNESCO.

 

 

Sabemos que las herramientas de compliance empresarial, a través de las diferentes estrategias de autorregulación corporativa para la disuasión y prevención tanto de la corrupción como de otros impactos negativos, están siendo insuficientes para garantizar la protección de los derechos humanos a lo largo de toda la cadena de valor (según un estudio de la Comisión Europea sólo el 37% de las empresas se someten a estos marcos voluntarios) y que muchas veces, en la evaluación de riesgos, no se está poniendo la experiencia o conocimientos de las personas y grupos afectados en el centro de la identificación de las barreras que impiden la efectiva rendición de cuentas. De igual manera, en materia de protección de los derechos culturales no es posible, por la evidente desigualdad estructural entre colectivos afectados y grandes multinacionales culturales, poner sobre las víctimas la carga de la prueba. Necesitamos por tanto seguir avanzando en la justiciabilidad de los derechos económicos, sociales y culturales teniendo en cuenta también la dimensión supranacional en la que se mueven gran parte de las empresas.

 

Es por ello fundamental preguntarnos también desde el ecosistema empresarial:

  • ¿qué impacto están teniendo las industrias culturales y creativas transnacionales sobre la protección de los derechos culturales en los espacios en que operan?
  • ¿qué medidas están implementando para prevenir, mitigar o remediar posibles situaciones de apropiación cultural, impactos sobre la dimensión territorial del derecho a participar en la vida cultural o cuestiones relativas a la protección de la soberanía cultural nacional?
  • ¿se está garantizando por parte de las empresas culturales y creativas el derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas?
  • ¿están siendo públicos y transparentes los informes anuales con información sobre los impactos sociales, ambientales, sobre los derechos humanos de este sector?

Reconociendo que tanto la idea como la práctica de la evaluación empresarial del impacto sobre los derechos humanos es relativamente reciente, es importante tomar consciencia sobre la necesidad de establecer puentes de trabajo y diálogo futuro que garanticen la protección de los derechos culturales, así como avanzar en la transformación de las culturas organizativas hacia una transversalización e integración de la protección de la diversidad cultural en todas las políticas y prácticas internas de la propia empresa.

Equitat i cohesió social des d´una perspectiva de drets culturals (17 de marzo, Biblioteques de Barcelona)

Es un privilegio poder formar parte del proceso de reflexión que inician las Bibliotecas de Barcelona de cara al impulso de su nuevo Plan Director 2030.

Como explica la organización:

«Las Bibliotecas de Barcelona iniciamos un proceso de reflexión para elaborar el Plan Director para el periodo 2021-2030 desde cuatro aproximaciones que abrazan los diferentes ámbitos de trabajo de las bibliotecas públicas: el impulso de la cultura y la educación, la promoción de la lectura, la cohesión social y la gestión del conocimiento.

En el ciclo que presentamos hemos pedido a una persona especialista en cada ámbito, no necesariamente vinculada directamente con el mundo de las bibliotecas, que nos acompañe en la reflexión y nos proponga interrogantes y la generación de respuestas para enriquecer los objetivos que tienen que guiar las bibliotecas públicas de la ciudad.»

 

Será un placer vernos y escucharnos el día 17 de marzo a las 18:30 horas en el Canal YouTube de Bibliotecas de Barcelona para hablar sobre Equidad y cohesión social desde una perspectiva de derechos culturales:

 

«¿Qué supondría para nuestra Red de Bibliotecas pensar desde un enfoque de protección y promoción de los derechos culturales y pensarnos a nosotras, sus trabajadoras, usuarias, colaboradoras, como defensoras de los derechos humanos? Las bibliotecas, como espacios privilegiados de profundización democrática y espacio público todavía resistente al peso del enfoque productivista, son instituciones clave para la construcción de cohesión social y democracia cultural. Al lado de los principios que rigen la función social de las bibliotecas y la consolidación internacional de la biblioteca multicultural en esta conversación, al lado de la propia definición de los derechos culturales y sus marcos legales, nos plantearemos algunas cuestiones para el debate: ¿qué peso juegan las políticas culturales emocionales en el acceso democrático al libro y la lectura?»

#CulturalDealEU

«Culture is key to peace, mutual understanding and trust, it contributes to democratic, free, and sustainable societies. International relations boost opportunities for inter-connecting cultural communities.»

 

Desde esta habitación propia nos sumamos a la campaña europea #CulturalDealEU que está reivindicando el protagonismo que ha de tener la cultura tanto en las acciones que se implementen para superar la crisis COVID-19 en el seno de la Unión Europea, como en la búsqueda de una nueva identidad común basada en valores que refuerce nuestras democracias ante las amenazas regresivas.

Y nos sumamos especialmente en base al compromiso con:

  • los derechos laborales de los y las trabajadoras de la cultura, en el sentido más amplio y abarcador del término, así como a la responsabilidad de dedicar ¡al menos! un 2% de los Fondos de Recuperación Europeos al sector cultural.
  • el llamamiento al desarrollo de políticas culturales que pongan en el centro el enfoque basado en derechos humanos.
  • la necesidad de poner en diálogo las políticas culturales con las estrategias para afrontar los retos del cambio climático. No hay #GreenNewDeal sin #CulturalDeal.
  • la necesidad de desarrollar un nuevo modelo de relaciones culturales internacionales europeo basado en los derechos humanos, el diálogo igualitario entre los pueblos, el refuerzo del multilateralismo y la construcción de paz internacional.

Puedes leer el manifiesto completo de la campaña en este enlace.

 

Derechos culturales y paz diversa

(Dedico este texto a mi México del año 2020, por tanto tanto amor.)

 

(Todas las imágenes que iluminan esta entrada son obras del colectivo oaxaqueño de gráfica urbana Lapiztola, @lapiztola_oax y la fotografía es obra de Abhay Bharadwaj)

Si bien cada vez somos más conscientes de la indivisibilidad de cada una de las facetas que conforman los derechos humanos, no es menos cierto que el conocimiento de los derechos culturales, especialmente a nivel popular, es sustancialmente menor y que en las próximas décadas abordaremos, no obstante, el reto de su desarrollo pleno.

Pero, ¿qué papel pueden desempeñar los derechos culturales en la construcción de paz y más concretamente de una paz diversa? Si es evidente que sobre las bases de la injusticia social no pueden construirse paces positivas, ¿qué función cumple la protección y promoción de los derechos culturales como elemento estratégico para la paz?

Aunque el derecho a participar en la vida cultural recogido en el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales suele considerarse como el horizonte de acción a alcanzar, es importante no minimizar ni parcializar lo que este derecho supone a un nivel profundo. No hacemos referencia exclusivamente al fundamental acceso a la creación artística ni a su central protección, ni hablamos tampoco únicamente del acceso en igualdad de condiciones al legado del conocimiento y experiencia que nos ha precedido. Lo que está en juego cuando hablamos del derecho a participar en la vida cultural es la construcción del “nosotros” social, la construcción de las respuestas legítimas a la pregunta ¿quiénes somos?, ¿cuál es nuestra identidad?, así como la no menos problemática construcción de las preguntas consideradas “legítimas” (qué puede cuestionarse y transformarse y qué no puede hacerlo) que le dan forma a ese “nosotros”.

 

(La fotografía de esta obra de Lapiztola fue realizada por Jose Alberto Canseco, conste)

 

Vemos, por tanto, que junto a otras dimensiones de la exclusión que se refuerzan entre sí, el hecho de no garantizar de modo universal en nuestras sociedades el derecho a participar en la vida cultural supone:

  • Legitimar relatos de exclusión social y construcción de identidades sociales excluyentes, posibles generadoras de violencia.
  • Menoscabar los derechos colectivos de acceso a la memoria y al patrimonio, sesgados por la ausencia y exclusión de voces significativas y perspectivas plurales.
  • Ejercer formas de violencia cultural “por defecto” imponiendo “nosotros sociales” falsamente homogéneos basados en el privilegio de quienes han tenido acceso a los medios y herramientas de construcción de sentido (lenguajes, medios de comunicación, formas legitimadas de expertisse…)

Pero como afirma la filósofa Miranda Fricker existe una dimensión de la injusticia en nuestras sociedades que suele pasar desapercibida y que es un requisito previo para acceder al “derecho a la voz”, al derecho a la participación plena en la construcción de sentido del que habla el derecho a participar en la vida cultural: el hecho de ser personas reconocidas como sujeto de conocimiento.

La verdadera potencialidad transformadora de los derechos culturales residiría aquí: ¿quiénes son inexistentes en nuestro “nosotros”?, ¿a quiénes no se pregunta nunca?, ¿qué experiencias del mundo son consideradas inválidas o impropias?, ¿a quién no se escucha por norma y está excluido de “nuestra identidad”?

El ámbito de la construcción de paz, especialmente en escenarios de post-conflicto y articulación de procesos memoriales, ha sido tradicionalmente un espacio privilegiado para la reflexión común sobre esta forma de injusticia, la injusticia epistémica. Qué testimonios de violencia eran legitimados y cuáles quedaban en sombra, qué colectivos accedían a medidas de reparación económica o simbólica y quienes seguían soportando las consecuencias de la impunidad, qué o quiénes accedían a la monumentalidad memorial o al reconocimiento de duelo de país y quiénes no.

 

 

La obra “Injusticia epistémica” (Herder editorial, 2017, Barcelona) de Miranda Fricker aporta nueva luz sobre la centralidad que juegan las políticas culturales desde una perspectiva de derechos humanos  y construcción de paz para construir sociedades que entiendan la paz diversa, la paz como una polifonía, comprendiendo que sin respeto a la diversidad perpetuamos formas muy arraigadas de violencia.

Así, Miranda Fricker ha puesto el foco sobre dos formas centrales de injusticia, dentro de la esfera de los derechos culturales:

  • La injusticia testimonial que “se produce cuando los prejuicios llevan a un oyente a otorgar a las palabras de un hablante un grado de credibilidad disminuido”, es decir “aquella en la que se causa un mal a alguien en su capacidad para aportar conocimiento”.

 

  • La injusticia hermenéutica que “se produce en una fase anterior, cuando una brecha en los recursos de interpretación colectivos sitúa a alguien en una desventaja injusta en lo relativo a la comprensión de sus experiencias sociales”, es decir “aquella en la que se causa un mal a alguien en su capacidad como sujeto de compresión social”, en el acceso al derecho a ser comprendidos.

 

(Esta obra fue realizada por el Colectivo Lapiztola junto al Colectivo 3B de Los Ángeles en denuncia de la separación de los niños y niñas migrantes de sus familias en la frontera con EEUU)

 

Lo que nos está mostrando Miranda Fricker es el hecho de que la protección o desprotección de los derechos culturales en nuestras sociedades contribuyen a configurar lo que ha denominado “economía de la credibilidad”, el sistema por el cual se construye lo relevante, lo existente, lo que se tiene en cuenta. Como afirma “toda injusticia epistémica lesiona a alguien en su condición de sujeto de conocimiento, y por tanto, en una capacidad esencial para la dignidad humana.” Es decir, la protección de los derechos culturales es una medida preventiva ante las formas de violencia centradas en la invisibilización y el silenciamiento.

Por tanto, no convendría minimizar la realidad de la marginación hermenéutica en nuestras sociedades como una de las raíces de la violencia, el acceso desigual a las prácticas a través de las cuales generamos significados sociales (como viene señalando desde hace años el filósofo Fernando Broncano, recientemente recogido también en su obra «Conocimiento expropiado. Epistemología política en una democracia radical» y a quien la que escribe debe el conocimiento de la obra de Miranda Fricker, conste). Como sostiene Fricker, “socavar la fiabilidad epistémica es un nutriente importante de la ideología del odio” y se realiza de modo cotidiano a través de fórmulas de apropiación, luz de gas e invisibilización de la autoría de ideas (en nuestras sociedades ¿quiénes se llevan los méritos?), así como del refuerzo de marcos que construyen la pérdida de confianza en la propia opinión y experiencia de las cosas, así como en la pérdida de confianza en las propias capacidades interpretativas e intelectuales.

Se trataría por tanto de construir socialmente entornos que hiciesen posible la valentía intelectual:

  • La capacidad de examinar creencias sostenidas popularmente y generar alternativas, nuevas posibilidades.
  • El refuerzo de la perseverancia ante la oposición grupal.
  • La determinación para hacerse oír frente a la manipulación del silencio.

 

Derechos culturales y paz diversa

 

De modo que es necesario reforzar y llevar al centro de la agenda pública la importancia de la protección de los derechos culturales para la construcción de sociedades de paz diversa en base a tres ejes:

  • Su carácter preventivo: por su refuerzo de la inclusión social y la articulación de identidades sociales plurales y diversas.
  • Su carácter constructor: especialmente en escenarios de post-conflicto y procesos memoriales, desactivando raíces futuras de revancha o “culminación de tareas no resueltas” al incorporar en nuestro reconocimiento de país todos los duelos, todas las vidas que importan.
  • Su carácter profundizador: creando democracias con cimientos más firmes que encuentran en el respeto a todas las dimensiones de la diversidad la respuesta a las derivas extremistas y autoritarias.

Consideremos entonces, a la luz de las aportaciones de la filósofa Miranda Fricker, la protección de los derechos culturales como un camino de futuro para explorar en las próximas décadas la potencialidad de la paz diversa.

 

 

Los derechos culturales: hacia una nueva generación de políticas públicas

(Todas las imágenes hacen referencia a intervenciones de la artista chilena Lotty Rosenfeld, fallecida esta semana. Tengan quienes con su valor nos hacen valientes descanso en paz.)

 

Hace unas semanas se hacía público el informe elaborado por Alfons Martinell y Beatriz Barreiro para la Fundación Alternativas, “Los derechos culturales: hacia una nueva generación de políticas públicas”. Si bien la reflexión ya se había iniciado también en su artículo conjunto “Potencialidades de los compromisos internacionales para unas políticas adecuadas: España y los derechos culturales” (sobre el que dialogamos y reflexionamos aquí bajo el título El dolor de los demás: políticas culturales y derechos humanos) se apuntan en este nuevo trabajo algunos temas muy relevantes para el necesario cambio de paradigma de la política cultural en España, mucho más tras el azote de la crisis del COVID.

Partiendo del diagnóstico común del actual ecosistema cultural español sobre el agotamiento de los modelos actuales de políticas culturales públicas, tradicionalmente ancladas en el paradigma nacido tras la Segunda Guerra Mundial,  que demandan una transformación profunda que permita, al menos, la sintonía con los marcos internacionales de política cultural y el enriquecedor engarce de estos con la práctica local, surge también la aspiración común para situar los contenidos de las políticas culturales en una agenda más integral de país, región o ciudad.

Transversalidad, amplitud de perspectivas, nuevos marcos, se repiten a lo largo del informe señalando lo que esta crisis, quizá, ha dejado aún más al descubierto: la realidad del ecosistema cultural español no coincide con los contenidos clásicos de las políticas culturales públicas que dejan en la sombra espacios y prácticas “bastardas, mixtas, híbridas, mestizas” fuera de todo canon.

Dejando atrás la definición por sectores culturales se naturaliza la noción de sistema cultural (o ecosistema cultural) entendido como “el conjunto de circunstancias que inciden directa o indirectamente en la vida cultural de una sociedad”, ampliando así nuestro marco de actuación mucho más allá del marco de la democratización cultural heredado del siglo XX.

 

La pregunta central que se nos plantea es:

¿cómo vamos a incorporar el enfoque de derechos humanos a las políticas culturales en España?, ¿cuál será el conjunto de principios o conceptos estratégicos para que este cambio de paradigma tenga lugar?

 

Junto a un repaso pormenorizado de los textos legales que en la esfera internacional han ido avanzando en el reconocimiento de la importancia de los derechos culturales como elemento inalienable de los derechos humanos, así como un análisis del debate superado entre universalismo y relativismo cultural que supuso un lastre para el desarrollo de los derechos culturales especialmente en la última década del siglo XX, se plasman algunos conceptos interesantes para avanzar en el cambio de modelo:

  • Servicios culturales mínimos.

“Aquellas prestaciones que el Estado y la Administración Pública garantiza a la ciudadanía para satisfacer sus necesidades culturales y nutrir la oferta en la vida cultural de la ciudadanía”

Por ejemplo:

¿Qué entenderíamos por servicios culturales mínimos en cada territorio?, ¿cuál sería su contenido?, ¿cómo garantizaríamos su cumplimiento y financiación?, ¿cómo protegeríamos la autonomía creadora?, ¿tendría que realizarse una adaptación competencial en materia cultural hacia el ámbito municipal para afianzar estos servicios?, ¿cómo podríamos asegurar su independencia respecto a las grandes plataformas mediáticas?, ¿cómo podrían identificarse estos servicios culturales mínimos de forma participativa?, ¿qué condiciones laborales tendrían que garantizarse para su cumplimiento?

 

 

  • Derecho a participar en la vida cultural:

Conscientes de la potencialidad que alberga para las políticas culturales el Protocolo internacional de derechos económicos, sociales y culturales de 2015, ratificado por España, se profundiza en las líneas de desarrollo que nacen a raíz de la pregunta ¿en qué consiste el derecho a participar en la vida cultural? Si desde las políticas culturales en España hablásemos en términos de vida cultural en lugar de “cultura”, entendiendo ésta como “representación de la expresión de un grupo social, comunidad o sociedad que transcurre entre la tradición y la memoria colectiva con la actualidad y contemporaneidad de un momento determinado y en un contexto dado” ¿qué cambiaría en nuestra mirada?, ¿qué importancia y responsabilidad conjunta surgiría respecto al tipo de imaginarios que impulsamos (por ejemplo, el impacto de los imaginarios militarizados que hemos vivido durante la pandemia)?, ¿qué nuevas interlocuciones habría que tener en cuenta desde los espacios de toma de decisiones?, ¿qué diálogo con otras políticas –urbanísticas, de movilidad…- habría de articularse para fortalecer la vida cultural?

 

  • Derechos culturales para las personas:

¿Por qué los derechos culturales son tan poco conocidos o reclamados? En este cambio de enfoque, esta visión de derechos se hace central para romper con la inercia que considera la política cultural como una política graciable y discrecional que siempre pasa a un segundo plano cuando hay “cosas más urgentes que atender”. Martinell y Barreiro nos recuerdan que desde la perspectiva de derechos humanos las “culturas” no tienen derechos, sino que son las personas las que tienen el derecho a la vida cultural que libremente escojan. También, desde el enfoque de derechos humanos se hace central la mirada garantista hacia los grupos más vulnerables. ¿Qué políticas culturales se articularían en nuestro país si en el foco de atención, desde los objetos hacia las personas, apareciesen de pronto la infancia, las personas mayores, con diversidad funcional, minorías, migrantes, ámbito rural, personas que viven en la pobreza? ¿Qué periferias se harían centro y cómo se resignificarían prácticas y espacios?

 

  • Seguridad cultural:

Como se define en el informe “la seguridad cultural, como principio en las políticas culturales, implica que el Estado de derecho garantiza el ejercicio de la libertad cultural de los individuos o colectivos, pero también incluye la protección de la creación y de las prácticas culturales en el respeto a los derechos fundamentales”. Si como ecosistema cultural exigiésemos la garantía de la seguridad cultural en España, ¿qué medidas frente a la censura, protección de la diversidad de las expresiones culturales, protección ante el abuso de poder y corporativo, protección de la expresión cultural de colectivos y comunidades vulnerabilizados formarían parte de los ejes troncales de la política cultural pública en nuestro país?

 

 

Junto al cambio de mirada ya presente en estos conceptos, el apartado de conclusiones del informe se convierte en una guía muy práctica de actuación con propuestas muy concretas, especialmente su llamada a movimientos sociales y sociedad civil, no sólo para crear un estado de opinión diferente, sino para elaborar las reivindicaciones culturales en base a derechos, por ejemplo con la elaboración y participación en los informes sombra respecto a las obligaciones contraídas por España en materia de protección de derechos culturales, que podrían ser elevados a organismos internacionales para la defensa de los creadores en España o a través de un mecanismo ad hoc en el Defensor del Pueblo; la búsqueda del compromiso de los organismos territoriales en la formación técnica desde este nuevo paradigma que aborda la articulación local-internacional; el avance hacia una nueva distribución de las competencias culturales en los distintos niveles (reflexionamos sobre este punto también aquí); la contextualización de las respuestas, evitando cualquier tentación de centralismo y sobretodo la incorporación de la perspectiva de futuro en el diseño de las nuevas políticas culturales en base a la sostenibilidad, el impacto sobre el cambio climático y el respeto a los derechos de las futuras generaciones.

Permaneciendo en los retos que este cambio de paradigma en las políticas culturales desde un enfoque de derechos humanos abre para todas nosotras, me quedo con una pregunta de futuro recogida en el texto para seguir pensando, especialmente tras la resaca colectiva de esta pandemia: ¿qué sería realmente el Interés General y el Bien Común para TODO el sector cultural en España?

Poner el cuerpo: defensores y defensoras de derechos culturales

(Video del pueblo chileno cantando «El derecho de vivir en paz» de Victor Jara)

 

Siguiendo la recomendación del Secretario General de Naciones Unidas  de poner en valor como instrumento clave para el momento internacional que vivimos la Declaración de los defensores de derechos humanos, buscando poner el foco sobre quienes hacen efectivos dichos derechos y ponen el cuerpo frente a interpretaciones abstractas que niegan la realidad de persecución que dichas defensoras están sufriendo en todo el globo, la relatora de derechos culturales ha hecho público el informe “Defensores de los derechos culturales”.

Partiendo de la interdependencia de los derechos humanos, se busca llamar la atención sobre la presión y en muchos casos menor grado de protección que sufren las defensoras y defensores de los derechos culturales en concordancia con los estándares internacionales, especialmente quienes están defendiendo su derecho a tomar parte en la vida cultural, uno de cuyos elementos clave es el acceso al patrimonio cultural y el derecho a la libertad de expresión artística.

Teniendo en cuenta que las defensoras de derechos culturales muchas veces no están siendo reconocidas como defensoras de derechos humanos, el informe articula una definición de quiénes serían estos defensores de derechos culturales.

Llamando la atención sobre el hecho de que los defensores de derechos culturales “se definen por lo que hacen”, pueden ser instituciones, expertos, activistas, gente ordinaria que está poniendo el cuerpo en la defensa de la diversidad cultural y sus expresiones. Se alerta especialmente sobre el riesgo, en esta definición de defensoras de derechos culturales de caer en visiones elitistas a la hora de definir el trabajo cultural y la contribución específica que se realiza en defensa de estos derechos, incidiendo sobre los sesgos que existen para obtener las “credenciales de experto” (ay, la economía de la credibilidad), especialmente para las mujeres excluidas de oportunidades educativas. Al fin y al cabo, esa mujer mayor, campesina o indígena, hablante de una lengua en peligro de extinción comprometida en la supervivencia del mundo que habita en su lenguaje, es una defensora incuestionable de los derechos humanos así como patrimonio de la humanidad que nos une.

En esta dirección, por tanto, defensores de derechos culturales serían aquellos que promueven el entendimiento, protección y desarrollo de los derechos culturales; protegen a individuos o grupos que los promueven (por ejemplo desde la incidencia política, la educación, la investigación…); quienes trabajan para asegurar los derechos de acceso, participación, contribución y disfrute de la vida cultural o quienes protegen los lugares donde ésta se ejerce, especialmente lugares patrimoniales y el espacio público.

Es importante tener en cuenta también que son defensoras de los derechos culturales aquellas personas que usan el arte y la cultura para defender los derechos humanos, quienes trabajan por el fin de la impunidad y reparación de las violaciones de derechos culturales, pero especialmente quienes fortalecen políticas públicas que impulsan la cultura desde un enfoque de derechos humanos o participan en procesos de cambio cultural en sintonía con éstos.

 

 

Pero quizá, lo más importante del informe, dada la emergencia internacional, es la demanda de articulación de mecanismos de protección similares al resto de los defensores de derechos humanos. Se vuelve a hacer hincapié sobre la necesidad de protección de quienes están defendiendo los derechos culturales de las mujeres frente al extremismo y el fundamentalismo religioso, haciendo ver que la igualdad de género es clave para el logro del resto de los derechos humanos. Se enfatiza por tanto en la urgencia de medidas de protección para las personas y organizaciones que desde posiciones feministas en la esfera internacional están contribuyendo al logro de una vida cultural en igualdad.

Me parece más que interesante que se haya utilizado el ejemplo de las campañas de justicia menstrual en Nepal y los procesos de cambio en prácticas dañinas para clarificar el enfoque. La utilización del arte y la cultura, especialmente el teatro,  para construir nuevos marcos de vivencia y conocimiento social  de la menstruación y el ejemplo de la Global South Coalition for Dignified Menstruation me parecen muy claros, aunque tampoco se dejan de lado las prácticas de plena inclusión que están articulando las mujeres en diferentes tradiciones religiosas, especialmente dentro del budismo theravada o la proliferación de mezquitas lideradas por mujeres.

Se vuelve a señalar, junto al llamamiento a ampliar reflexión e implementación de los derechos culturales de las personas con discapacidad, la necesidad de proteger también a quienes, frente al choque con las historias de colonización, dominación y exclusión y su impunidad, defienden el derecho de todas las culturas a tener derechos. Es un marco clave para los pueblos indígenas, incluyendo su derecho a la tierra.

Por tanto se señalan cuatro ejes en los que los defensores de derechos culturales están sometidos a un mayor riesgo (“la falta de atención magnifica los riesgos”):

  • Protección del patrimonio cultural.
  • Defensoras de los derechos culturales de las mujeres.
  • Defensores de la libertad artística.
  • Prácticas y artistas con compromiso social.

Llamando por tanto al conocimiento colectivo y uso de la Declaración de los defensores de derechos humanos e invitando previamente a la memorialización y honra de quienes murieron defendiendo los derechos culturales que ahora disfrutamos, avanzamos hacia la inclusión de esta mirada especializada hacia la cultura en todos los programas de apoyo a defensores de derechos humanos.