Apartheid de género

 

Siguiendo la movilización internacional para poner fin al Apartheid de Género que sufren las mujeres en Irán y Afganistán y cuyo término lleva siendo utilizado en organismos de derechos humanos internacionales, minoritariamente desde 1999 y con mayor fuerza desde hace apenas un año, quería traer a este espacio pequeño de palabra propia este llamamiento, convencida de que tendrá eco en alguna lectora.

Como el papel de la anterior relatora de derechos culturales de Naciones Unidas, mi muy admirada Karima Bennoune, está siendo decisivo tanto en la investigación como en el avance mundial de la campaña, aprovecho para enlazar aquí su investigación «The International Obligation to Counter Gender Apartheid in Afghanistan» y mostrar el mayor de los respetos al enfoque de su trabajo y su defensa pertinaz de los derechos humanos de las mujeres y las niñas.

También la semana pasada, la Premio Nobel de la Paz, Narges Mohammadi, a través de una carta abierta desde la prisión de Evin en Irán en la que se encuentra encerrada, enviaba un nuevo llamamiento internacional a las Naciones Unidas para el reconocimiento del Apartheid de Género como crimen de lesa humanidad.

Sumándome, por tanto, a todas las mujeres que, especialmente desde el 2021, están articulando de manera infatigable esta movilización, sobre la que puedes profundizar y a la que puedes sumarte en el enlace, ojalá logremos que encuentre un mayor eco en la agenda pública.

END GENDER APARTHEID TODAY

 

Debida diligencia empresarial y derechos culturales

 

En la esfera internacional estamos asistiendo a un momento clave para la transformación del ecosistema empresarial global. Si por una parte, en el seno de Naciones Unidas sigue avanzando el trabajo a favor de un Tratado Vinculante sobre Transnacionales y Derechos Humanos, el avance legal nacional en materia de Debida Diligencia Empresarial cobra cada vez mayor fuerza. Tanto la celebración este año del décimo aniversario de los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos como la reciente directiva europea sobre debida diligencia en derechos humanos y medio ambiente del pasado marzo que impulsará un proceso de armonización legal en el seno de la Unión Europea, con consecuencias internacionales, nos muestran que el cambio global hacia otro modo de hacer empresa es cuestión de tiempo. Asistimos a un proceso paulatino del fin del tiempo de la voluntariedad en el cumplimiento de los criterios ESG por parte de las empresas, a marcos de responsabilidad social corporativa de obligatorio cumplimiento, así como a una seria toma de conciencia internacional sobre la necesidad de procedimientos de reparación y acceso a la justicia por parte de las víctimas de abusos empresariales en materia de derechos humanos, territoriales o medioambientales.

Sin embargo, teniendo en cuenta que los procesos de debida diligencia en materia de derechos humanos por parte de las empresas han sido desarrollados recientemente y aún no han alcanzado un horizonte de normalización ni pleno conocimiento por parte de éstas, me preguntaba qué acciones enfocadas en el medio y largo plazo podríamos desarrollar para su plena implementación. Partiendo de la urgencia de impulsar marcos normativos estatales como está planteando, por ejemplo, la Plataforma por Empresas Responsables desde España, y aprovechando que el 2021 a punto de finalizar ha sido reconocido por la UNESCO como el Año Internacional de la Economía Creativa para el Desarrollo Sostenible, quizá sería interesante detenernos también en relación a la acción empresarial sobre los distintos aspectos de los derechos humanos, por definición, universales, indivisibles e interdependientes.

Si entendemos que la Debida Diligencia hace referencia al proceso por el cual las empresas identifican, previenen y mitigan los impactos negativos reales y potenciales sobre los derechos humanos y que, más allá del reporting, existe una obligación de respuesta frente a los riesgos identificados, el compromiso político por parte de las organizaciones empresariales en el trabajo tanto para mitigarlos como para hacer públicos y transparentes los esfuerzos realizados, ¿qué papel está jugando la protección de los derechos culturales en la evaluación empresarial de los impactos sobre los derechos humanos?

Si como recoge el Principio Rector 18 de Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos:

“Al evaluar el impacto sobre los derechos humanos, una empresa deberá:

  • Recurrir a expertos en derechos humanos internos y/o independientes.
  • Incluir consultas sustantivas con los titulares de derechos potencialmente afectados y otras partes interesadas.
  • Ser sensible a la dimensión de género y colectivos vulnerables.
  • Repetir la identificación y evaluación de riesgos a intervalos regulares”

¿qué mirada especializada se está aplicando para la protección de esta dimensión particular de los derechos humanos, teniendo en cuenta además el importante impacto desigual por género?

 

 

Aunque revisando la literatura especializada en Debida Diligencia y Derechos Humanos se hace referencia explícita al Protocolo Internacional sobre los Derechos Sociales, Económicos y Culturales, también es cierto que las referencias sobre cultura y Debida Diligencia remiten exclusivamente a dos aspectos: a la cultura organizacional de las empresas y a la gestión de la diversidad cultural en el ámbito de los recursos humanos. Sin negar la importancia de estas dos cuestiones, esta simple radiografía nos muestra la poca atención que se está prestando a esta dimensión clave de los derechos humanos. A fin de cuentas ha sido la relatora especializada en derechos culturales de Naciones Unidas quien en su último informe “Mixing cultures is an human right” afirmaba:

“Deben aplicarse plenamente los Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos. La diligencia debida que se requiere en materia de derechos humanos debe incluir una evaluación de las repercusiones en los derechos culturales.”

La toma de conciencia sobre la desatención del mundo empresarial hacia este punto en concreto abriría, no obstante, interesantes caminos de futuro, por ejemplo, estrechando líneas de colaboración sin ir más lejos, con el grupo de trabajo de empresas y derechos humanos de Naciones Unidas, al que se ha incorporado recientemente en representación de América Latina y el Caribe la experta Fernanda Hopenhaym. La elaboración de un informe independiente de situación sobre el impacto de las medidas de debida diligencia en la protección de los derechos culturales en la región sería un paso estratégico para la transformación estructural de la acción empresarial en la materia.

 

Sin dejar a un lado la importante dimensión cultural de todos los derechos humanos, especialmente el derecho a la alimentación, al agua, a un nivel de vida saludable, cuando hablamos de la protección del derecho a la consulta previa a las comunidades y a la articulación de procesos de participación de las mismas cuando se prevén impactos de la actividad empresarial, nos enfrentamos a lo que John Ruggie denominó como “vacío de gobernabilidad”, las dificultades que acarrea para garantizar la obligatoriedad de estos procesos el hecho de que las empresas no sean reconocidas como sujetos activos por el derecho internacional.

Sin embargo, cuando llevamos nuestra atención a los impactos negativos, por ejemplo, de las industrias extractivas, solemos dejar de lado el papel del extractivismo cultural transnacional, con el ya señalado importante sesgo de género, también recogido en el trabajo del PNUD “Gender dimensions of the guiding principles on business and human rights”. La reciente movilización de las tejedoras mayas en Guatemala a favor de la promulgación de una Ley que protegiese su trabajo frente a la apropiación empresarial, siguiendo la estela de la Ley 20 panameña, o acciones gubernamentales como #MéxicoSinPlagio para denunciar en la esfera internacional el expolio del patrimonio cultural de los pueblos indígenas, especialmente en la esfera de la industria textil, nos muestran la urgencia de incorporar la dimensión cultural con mayor profundidad en los informes empresariales de diligencia debida. Como recogía el informe “Centrarse en lo humano” elaborado junto a otras organizaciones por el Centro de Información de Empresas y Derechos Humanos sabemos que “uno de cada tres ataques registrados contra las personas defensoras de los derechos humanos estaba relacionado con la falta de participación activa, acceso a la información y consulta, o con el hecho de no garantizar el consentimiento previo, libre e informado de las comunidades indígenas”. Teniendo en cuenta que las dimensiones vinculadas a la interrelación entre cultura y territorio, paisaje cultural, patrimonio inmaterial y derecho a la identidad cultural son centrales para la protección de los derechos culturales, tenemos una fotografía de gravedad alrededor de los riesgos vitales que implica su falta de protección. Sigue siendo una tarea pendiente incluir en los procesos de resarcimiento a las víctimas de abuso empresarial la dimensión de las represalias, que inciden no sólo sobre la protección del derecho a la libertad de expresión, sino que se mueven en la esfera del hostigamiento judicial, la intimidación, la estigmatización, las amenazas y la violencia física. En la invitación al trabajo conjunto entre especialistas en derechos culturales y el ámbito de incidencia y desarrollo sobre empresas y derechos humanos sería fundamental también poner el foco sobre el impacto de la gran industria cultural y creativa transnacional en el respeto a la soberanía cultural, en dimensiones tan sensibles como las políticas de comunicación, la gran industria editorial o la protección de los derechos lingüísticos, así como en los marcos planteados por la Convención para la Protección de la Diversidad de las Expresiones Culturales de la UNESCO.

 

 

Sabemos que las herramientas de compliance empresarial, a través de las diferentes estrategias de autorregulación corporativa para la disuasión y prevención tanto de la corrupción como de otros impactos negativos, están siendo insuficientes para garantizar la protección de los derechos humanos a lo largo de toda la cadena de valor (según un estudio de la Comisión Europea sólo el 37% de las empresas se someten a estos marcos voluntarios) y que muchas veces, en la evaluación de riesgos, no se está poniendo la experiencia o conocimientos de las personas y grupos afectados en el centro de la identificación de las barreras que impiden la efectiva rendición de cuentas. De igual manera, en materia de protección de los derechos culturales no es posible, por la evidente desigualdad estructural entre colectivos afectados y grandes multinacionales culturales, poner sobre las víctimas la carga de la prueba. Necesitamos por tanto seguir avanzando en la justiciabilidad de los derechos económicos, sociales y culturales teniendo en cuenta también la dimensión supranacional en la que se mueven gran parte de las empresas.

 

Es por ello fundamental preguntarnos también desde el ecosistema empresarial:

  • ¿qué impacto están teniendo las industrias culturales y creativas transnacionales sobre la protección de los derechos culturales en los espacios en que operan?
  • ¿qué medidas están implementando para prevenir, mitigar o remediar posibles situaciones de apropiación cultural, impactos sobre la dimensión territorial del derecho a participar en la vida cultural o cuestiones relativas a la protección de la soberanía cultural nacional?
  • ¿se está garantizando por parte de las empresas culturales y creativas el derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas?
  • ¿están siendo públicos y transparentes los informes anuales con información sobre los impactos sociales, ambientales, sobre los derechos humanos de este sector?

Reconociendo que tanto la idea como la práctica de la evaluación empresarial del impacto sobre los derechos humanos es relativamente reciente, es importante tomar consciencia sobre la necesidad de establecer puentes de trabajo y diálogo futuro que garanticen la protección de los derechos culturales, así como avanzar en la transformación de las culturas organizativas hacia una transversalización e integración de la protección de la diversidad cultural en todas las políticas y prácticas internas de la propia empresa.

Llamamiento de la Relatora de derechos culturales de Naciones Unidas ante la situación en Afganistán

(Fotografía de Emilio Morenatti)

 

La protección de la vida como total prioridad.

Nos hacemos eco del llamamiento realizado ayer, 17 de agosto de 2021, por la relatora de derechos culturales de Naciones Unidas ante la situación en Afganistán, interpelando a la comunidad internacional, en especial a las redes culturales y educativas internacionales, en nuestro caso del mundo de habla hispana, para establecer redes de apoyo y protección para la población afgana.

 

  • Ante el enorme desastre humanitario y cultural que se aproxima, se hace un llamamiento para la agilidad en la emisión de visados para los colectivos más vulnerables: defensores y defensoras de los derechos humanos, incluyendo especialmente a quienes han trabajado a favor de los derechos humanos de las mujeres y las niñas, así como todo el sector cultural y artístico por su extrema vulnerabilidad y la sobreexposición a la violencia que enfrentan.
  • También se alerta sobre la especial necesidad de protección de los y las trabajadoras del sector del patrimonio en serio riesgo de ser asesinados ante la presión de los saqueos y los procesos de destrucción deliberada de bienes culturales, sobradamente acreditada con la pasada destrucción de los Budas de Bamiyan o la destrucción de obras del Museo Nacional, junto a los asesinatos de otros artistas, mayoritariamente del sector musical.
  • Se hace un llamamiento a la apertura del aeropuerto de Kabul a vuelos civiles que garanticen pasaje seguro y prioritario para las personas en riesgo y a la agilidad en los mecanismos de protección internacional.
  • Se convoca a todas las instituciones culturales y educativas internacionales a generar una red de apoyo y acogida al sector cultural afgano, estudiantes, mujeres y miembros de minorías en riesgo para contribuir a proteger sus vidas, recordando a los 171 Estados firmantes del Protocolo Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, entre los que se encuentra España, su obligación de articular medidas de cooperación internacional para proteger los derechos humanos, de los que los derechos culturales son parte central, indivisible e innegociable.

Para leer más:

 

 

 

 

Cuerpos-territorio, omisión de protección y negligencia deliberada

Durante el mes de noviembre el GAIPE, el equipo conformado por especialistas en derecho internacional de los derechos humanos y derecho penal internacional creado a petición tanto de la familia como de las comunidades y organizaciones de las que formaba parte Berta Cáceres para garantizar una investigación independiente al margen de la realizada por el estado hondureño, presentó su informe de investigación y recomendaciones legales sobre el caso “Represa de violencia: el plan que asesinó a Berta Cáceres”.

Leyéndolo, junto a la centralidad que ha tenido en el asesinato la vulneración por parte del Estado hondureño del derecho a la consulta previa, libre e informada a los pueblos indígenas y afrodescendientes recogida en el Convenio 169 de la OIT ratificado por Honduras, ha quedado resonando dentro de mí como en una campana todo el entramado de “no haceres”, omisiones, impunidad y negligencias deliberadas respecto al deber de proteger que sostienen el edificio de la persecución y muerte de defensoras territoriales por toda América Latina.

Si bien todos los relatores internacionales y equipos legales y de investigación independientes en materia de derechos humanos que están tratando de proteger y crear algún tipo de cortafuegos in extremis, al igual que las comunidades, ante la masacre creciente de defensoras de derechos humanos alertan una y otra vez sobre los pasos que están siguiendo los procesos de hostigamiento, a saber:

  • La militarización de las empresas de seguridad privada contratadas por la industria extractiva (energética, agroindustrial, pero también y esto es importante en relación a la exigencia de responsabilidad en el campo de las relaciones culturales internacionales, la empresa turística)
  • La instrumentalización de las comunidades para generar ruptura del tejido social.
  • La implementación de campañas de desprestigio, infiltración, seguimiento, amenazas, sicariato y sabotaje de las comunicaciones.
  • Cooptación de operadores de justicia y fuerzas de seguridad.

resulta particularmente sangrante, dadas las consecuencias que este no hacer ni ver ni decir están teniendo sobre la vida y la muerte de las comunidades en América Latina, el peso de la omisión y las negligencias deliberadas en el crecimiento de la violencia.

 

 

Es especialmente reseñable dado que, más allá de la autoría material y la autoría intelectual de los crímenes, la paulatina desaparición, aunque sólo fuese creíble ya a un nivel teórico, del deber de protección de los Estados ejerce un efecto dominó devastador sobre la percepción de seguridad y confiabilidad de la sociedad en su conjunto, al margen de los proyectos de despojo territorial empresarial que están detrás de los asesinatos a defensores. Si a la impunidad y arbitrariedad que se repiten en todos los procesos, sumamos un clima social de “no tener bajo qué guarecerse”, ¿cómo no prever, tal y como estamos viendo en Honduras, el riesgo de colapso que afronta toda la arquitectura democrática?

Poniendo el foco sobre la omisión, se nos plantea por ejemplo: todos los consultores de proyectos de desarrollo de infraestructuras y territoriales que describen los riesgos sociales de los mismos, que evalúan los sistemas de seguridad, todos los bancos financiadores de dichos proyectos, todos los organismos que suman sus logotipos y evalúan positivamente las intervenciones territoriales, ¿no tendrían algo que decir? La comunidad internacional, ante la subcontratación de la subcontratación de la seguridad privada de las transnacionales que operan en los países del Sur, que ha derivado en la escalada del sicariato en la región, ¿qué medidas de monitoreo y auditoría social alrededor de las violaciones de derechos humanos está implementando?

¿Cómo rastreamos, ante todo ello, la omisión y la negligencia? ¿Cómo se puede atajar el “no hacer”? En un marco cultural internacional que mitifica la acción por la acción, entrenado en su mirada para los rastros de los hechos, ¿cómo se desarticulan los miles de microprocesos que están sustentando estos niveles de violencia a base de negligencias consentidas y omisión de protección? No estamos hablando exclusivamente de corrupción o de fortalecimiento de estructuras paralelas al Estado. Estamos hablando de toda la complejidad de los entornos que sostienen una persecución de estas características, del nivel local al internacional, sabiendo que “el día en que lo iban a matar, Santiago Nasar se levantó a las 5:30 de la mañana”  sin que nadie diga nada.

 

 

Frente al alarde de dominación territorial y visión extractiva que está en la base de esta violencia, contrastan las iniciativas comunitarias que están tratando de contrarrestar las acciones de ruptura del tejido social. También durante el mes de noviembre el Colectivo Miradas Críticas del Territorio desde el Feminismo presentó su Guía metodológica para mujeres que defienden sus territorios, “Mapeando el cuerpo-territorio” en el que se lleva al centro la necesidad de establecer otros modelos de relación con los espacios que habitamos.

Afirman:

“Cuando pensamos el cuerpo-territorio, éste nos ayuda a mirar cómo la violencia deja pasos en nuestros cuerpos pero además se conecta con las invasiones más globales a nuestros territorios, y con los intereses económicos de los de arriba”

“Pensamos el cuerpo como nuestro primer territorio y al territorio lo reconocemos en nuestros cuerpos: cuando se violentan los lugares que habitamos se afectan nuestros cuerpos, cuando se afectan nuestros cuerpos se violentan los lugares que habitamos (…) No cabe duda que sobre el cuerpo queda impreso lo que ocurre en los territorios.”

Así, apoyándose en la educación popular y todo su potencial tanto para la reflexión como para la articulación de nuevos imaginarios, desde el Colectivo proponen avanzar con urgencia hacia nuevos modelos de relacionarnos espacialmente más allá del modelo invasión-dominación:

“¿Cuándo un espacio nos recuerda quiénes somos? ¿Cuándo lo habitamos y lo hacemos nuestro? ¿Cuál es la relación entre habitar e imaginar? ¿Cómo un espacio cobra vida?”

Interpelada sin remedio por esta violencia urgente del presente y uniendo en mí el trabajo del GAIPE y de Miradas Críticas del Territorio desde el Feminismo quería acabar así, abruptamente como acabaron con la vida de Berta, dejando abierta la última pregunta ante la necesidad urgente de transformar nuestra vivencia, imaginarios y relación personal y colectiva con la tierra.