Responsabilidad empresarial en materia de derechos culturales

 

(Texto escrito como editorial para la Fundació Interarts, mayo de 2023)

 

Aprovechando la próxima presidencia española del Consejo de la Unión Europea y la celebración de la próxima Cumbre UE-CELAC durante el mes de julio, sería un buen momento para plantearnos tanto desde las políticas culturales como desde el mundo de la cooperación qué papel queremos desempeñar en el despliegue eficaz de la agenda de trabajo sobre empresas y derechos humanos en este marco multilateral.

Desde el Alto Comisionado de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, especialmente a través del mandato de sus procedimientos especiales en materia de derechos culturales, derecho al desarrollo y el grupo de trabajo especializado en Empresas y Derechos Humanos, se están articulando desde hace tiempo procesos de diálogo multiactor y con la sociedad civil que tratan de incidir sobre el impulso de legislaciones nacionales más eficaces con regímenes de diligencia debida obligatoria en materia de derechos humanos.

Más allá de la difusión y la aplicación efectiva de los Principios Rectores de las Empresas y los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, quizá haya llegado el momento de plantearnos desde las políticas culturales, especialmente desde Europa y mayoritariamente las vinculadas al desarrollo, cómo podemos contribuir a la renovación de dichos Principios para incorporar una nueva sensibilidad hacia la dimensión cultural del desarrollo, un mayor protagonismo de la protección de los derechos culturales frente a la acción empresarial, así como una implementación de la perspectiva de género más eficaz al incorporar una mirada interseccional tanto en los procesos de consulta previa como en las acciones de reparación empresarial efectiva.

Si bien las acciones de incidencia a favor del impulso de una Ley de Debida Diligencia en España cuentan ya con un largo recorrido de negociación, una sólida propuesta técnica y han logrado aglutinar a gran parte de la sociedad civil vinculada a la temática bajo el paraguas de la Plataforma por Empresas Responsables, no es menos cierto que el sector de las políticas culturales en general y de la cooperación cultural en particular no ha tenido un papel protagonista ni ha formado parte del llamamiento a la acción ante la ausencia de un marco legislativo en materia de derechos humanos y medioambientales de nuestra acción empresarial como país en el exterior. Tampoco la protección de los derechos culturales está siendo un eje de atención o movilización en el impulso de la Ley, lo que supone un vacío especialmente relevante y potencialmente lesivo en el marco de las relaciones comerciales y de inversión entre la Unión Europea y América Latina. Existe ya casuística y documentación suficiente sobre procesos de vulneración de los derechos culturales de los pueblos indígenas, los derechos lingüísticos de las comunidades en procesos de consulta previa o reparación, así como situaciones de expolio cultural realizadas por empresas transnacionales europeas, como para estar en alerta ante el olvido o minimización de esta dimensión específica de los derechos humanos.

Las últimas aportaciones realizadas tanto por Interarts como Fundación, así como por miembros de su equipo a los Informes del Alto Comisionado de Naciones Unidas en materia de Derechos Humanos, “Derechos culturales y desarrollo sostenible”, “Gobernanza del desarrollo y derechos culturales” así como el reciente informe sobre “Instituciones financieras de desarrollo y derechos humanos”, están tratando de superar el actual vacío existente en la identificación, medición y protección de los impactos de la acción empresarial vinculada al desarrollo sobre los derechos culturales así como promoviendo la creación de nuevas capacidades en el ecosistema de la medición y la inversión de impacto para el desarrollo de una nueva mirada más sensible a la dimensión cultural de los derechos humanos.

Esperemos, por tanto, que el marco propicio de la próxima Cumbre UE-CELAC sea definitivo para la adopción del enfoque basado en derechos humanos en toda la actividad empresarial y de inversión, que la dimensión de los derechos culturales esté presente en el diálogo multilateral y que el compromiso español con la legislación de Debida Diligencia en materia ambiental y de derechos humanos encuentre en este escenario su oportunidad para mostrarse al mundo. Así lo esperamos.

 

Estefanía Rodero, vocal del Patronato de la Fundación Interarts

 

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  1. Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos, Naciones Unidas.
  2. Plataforma por Empresas Responsables.
  3. A/77/290 Development and cultural rights: the principles
  4. Call for inputs for the Working Group’s report on development finance institutions and human rights

Input for the Working Group´s Report on development finance institutions and human rights-United Nations Human Rights, Office of the High Commissioner

 

 

 

 

Muy contenta de que el Grupo de Trabajo sobre Empresas y Derechos Humanos de Naciones Unidas haya tenido en cuenta mi aportación para el Informe sobre Instituciones financieras de desarrollo y derechos humanos que se presentará ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en el mes de junio de este año.

He tratado de explorar su impacto sobre los colectivos en situación de mayor vulnerabilidad y en riesgo de pobreza, así como he tratado de alertar sobre el impacto de las instituciones financieras de desarrollo y de inversión sobre la protección de los derechos culturales.

He tratado de incidir sobre la importancia de incorporar de forma OBLIGATORIA el Enfoque basado en derechos humanos en toda la actividad empresarial y de inversión y la mirada especializada sobre la dimensión CULTURAL del desarrollo.

De nuevo, muchas gracias al Alto Comisionado de Derechos Humanos.

Por si lo quieres leer, te lo dejo por aquí: Development finance institutions and human rights

Half-day general discussion on the equal and inclusive representation of women in decision-making systems (CEDAW-OHCHR)

 

Muchas gracias al Comité para la eliminación de la Discriminación contra las mujeres-CEDAW y a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos-OHCHR por haber tenido en cuenta mi aportación sobre la representación igualitaria de las mujeres en las políticas culturales y de patrimonio en el seno del debate para la elaboración de una Recomendación General sobre la representación igualitaria e inclusiva de las mujeres en los sistemas de toma de decisiones.

El objetivo de la Recomendación General será orientar a los Estados Partes en la Convención sobre las medidas que deben adoptar para garantizar el pleno cumplimiento de sus obligaciones de respetar, proteger y hacer efectivo el derecho humano de las mujeres a una representación igualitaria e incluyente en los sistemas de toma de decisiones.

Será fundamental, por tanto, que sigamos avanzando en el reconocimiento de dicha igualdad en las políticas culturales y de patrimonio a nivel mundial, ¡conjurando el riesgo! de que la dimensión cultural quede fuera de esta importante nueva Recomendación.

Igualdad o Vacío: Mujeres, cultura y nueva ruralidad en España hoy (Revista Periférica, 2022)

(Ilustración obra de Carolina Marín)

 

Para todas las asociaciones de mujeres rurales con las que trabajé

y que confiaron en mí a lo largo de mi vida, con gratitud y en reconocimiento.

 

Muchas gracias a la Federación Española de Sociología por haberse hecho eco de la publicación de este artículo. Gracias.

 

Agradezco de corazón a la Revista Periférica haberme invitado a dar forma y reflexionar sobre el papel que están desempeñando las mujeres rurales en España hoy en la construcción de un nuevo modelo de ruralidad diverso y abierto al mundo y que está reivindicando para sí un mayor protagonismo tanto en nuestras políticas culturales de país como en los espacios de decisión para el impulso de un mundo rural vivo.

 

Por si quieres leerlo o puede serte útil en algo para los tiempos que llegan, puedes descargarlo y compartirlo desde aquí:

Igualdad o vacío: Mujeres, cultura y nueva ruralidad en España hoy.

 

La gestión cultural, una profesión por regular-II Jornadas FEAGC (14 y 15 de noviembre, Palacio del Condestable, Pamplona)

 

(Ya puedes ver el video de esta mesa redonda en el canal de Youtube de KUNA Gestión cultural Navarra)

(Ya puedes consultar las conclusiones de las Jornadas a través de la relatoría del gestor cultural Luis Ben, disponible en este enlace)

Muy agradecida a KUNA Gestión cultural de Navarra y a la Federación estatal de asociaciones profesionales de la gestión cultural por invitarme a participar en sus II Jornadas FEAGC, «La gestión cultural, una profesión por regular» que se celebrarán el 14 y el 15 de noviembre en el Palacio del Condestable (Pamplona) y que cuentan con el apoyo del Departamento de Cultura del Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona. Tienes toda la información y el acceso a la inscripción en las webs de los organizadores (en ESTE ENLACE)

 

Será un placer, si quieres y puedes, vernos el 15 de noviembre en Pamplona para reflexionar sobre la importancia de los derechos culturales dentro del sistema general de los derechos humanos, reivindicar el papel que desempeña la gestión cultural en la profundización democrática y la protección del derecho a participar en la vida cultural de todas las personas y seguir construyendo un ecosistema cultural en nuestro país consciente de los derechos laborales de las trabajadoras de la cultura, que cada día con su labor ponen en el centro la importancia de la vida buena.

¡Nos vemos en Pamplona, es LEY!

 

 

Género, migración y derechos culturales-Universidad Iberoamericana Ciudad de México, 25 de octubre

 

 

Dentro de los Foros por la Paz organizados por la Universidad Iberoamericana de Ciudad de México en colaboración con los programas de Género e Inclusión y Asuntos Migratorios, será un ¡placer! conversar y tejer posibilidades de futuros más abiertos y humanos este 25 de octubre junto a las maestras Elvia González del Pliego y Margarita Núñez Chaim. Un privilegio.

Gracias a la IBERO y a sus programas de incidencia por estos espacios de reflexión al servicio de la transformación social.

GÉNERO, MIGRACIÓN Y DERECHOS CULTURALES
25 de octubre, 9:00-11:00 horas CDMX

Auditorio Xavier Scheifler y de Amézaga, S.J

(Edificio S, segundo piso)

MONDIACULT 2022-UNESCO, Entrevista en Las Mañanas de Radio Nacional

UNESCO

 

Para mis compañeros y compañeras mexicanos, por este año en el que me permitieron compartir sus ganas de empujar el horizonte.

 

Con motivo del inicio hoy de la gran cita internacional de las políticas culturales, MONDIACULT 2022 de la UNESCO, el periodista cultural Íñigo Picabea me invitó a reflexionar en voz alta para Las Mañanas de Radio Nacional sobre los motivos por los que esta cita es tan importante, qué prioridades de trabajo se plantearán para los próximos años desde el sector cultural, qué papel ha de desempeñar la cultura para el logro de los ODS de la Agenda 2030 y qué caminos de futuro pueden abrirse para la protección de los derechos culturales en España.

Si quieres escucharla, este es el podcast.

¡Que sea útil!

Las mujeres, las niñas y el derecho a un medio ambiente limpio, sano y sostenible-Solicitud de contribuciones

 

 

Como es un informe y una reflexión vital tanto para España (¡esa Ley de Debida Diligencia YA!) como para todo el espacio cultural iberoamericano precisamente por la presión y la violencia que se ejerce sobre las mujeres y las niñas, nos hacemos eco en este espacio del llamado a contribuciones que ha convocado el Relator Especial sobre los Derechos Humanos y el Medio Ambiente, por si alguna persona de las que os asomáis por aquí podéis compartir vuestras experiencias, perspectivas y acciones de incidencia para la protección de los derechos humanos de las defensoras ambientales en todo el globo.

Las contribuciones pueden enviarse en español hasta el 14 de octubre.

En este enlace tienes toda la información:

Call for inputs Women, girls and the right to a clean, healthy and sustainable environment 

Y en este enlace puedes descargar el cuestionario en español:

Cuestionario Las mujeres, las niñas y el derecho a un medio ambiente limpio, sano y sostenible

 

«El Relator Especial invita y agradece sus respuestas a las siguientes preguntas:

1. ¿Cómo afectan las crisis del clima, la contaminación y la biodiversidad a las mujeres y las
niñas? Cuáles son los principales obstáculos a los que se enfrentan estos titulares de
derechos para hacer realidad el derecho a un medio ambiente limpio, saludable y
sostenible, un derecho que incluye: aire limpio; un clima seguro; acceso al agua potable y
a un saneamiento adecuado; alimentos sanos y producidos de forma sostenible; entornos
no tóxicos en los que vivir, trabajar, estudiar y jugar; biodiversidad y ecosistemas
saludables; acceso a la información sobre el medio ambiente y el clima; participación en
los procesos de toma de decisiones sobre el medio ambiente y el clima; acceso a la
justicia y a un recurso efectivo cuando se violan los derechos mencionados.

2. ¿Cuáles son las obligaciones específicas de los Estados y las responsabilidades de las
empresas en cuanto a la adopción de un enfoque con perspectiva de género para proteger
(en el caso de los Estados) y respetar (en el caso de las empresas) los derechos de las
mujeres y las niñas a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible? Proporcione
ejemplos concretos de disposiciones constitucionales, legislación, instituciones,
reglamentos, normas, jurisprudencia, políticas y programas que apliquen un enfoque
sensible al género para garantizar el derecho a un medio ambiente limpio, saludable y
sostenible.

3. Si su Estado es uno de los 156 Estados miembros de la ONU que reconocen por ley el
derecho a un medio ambiente seguro, limpio, saludable y sostenible, ¿se ha reconocido
y/o interpretado este derecho de forma que queden claras las obligaciones del Estado o las
responsabilidades de las empresas con respecto a la realización de los derechos sin
discriminación por razón de sexo y género y otros motivos?

4. ¿Qué medidas ha tomado su Estado, empresa y/u organización para adoptar un enfoque
sensible al género y basado en los derechos para hacer frente a los impactos de las crisis
del clima, la biodiversidad y la contaminación y para acelerar la igualdad de género en
relación con los procesos de toma de decisiones ambientales, los procesos de distribución
de beneficios y los resultados? Por favor, identifique los retos específicos a los que su
gobierno, empresa u organización se ha enfrentado en estos esfuerzos.

5. Por favor, identifique formas específicas en las que los derechos de las mujeres
particularmente marginadas o vulnerables y/o de las personas LGBTI son (o deberían ser)
reconocidos y protegidos para permitir la realización del derecho a un medio ambiente
limpio, saludable y sostenible sin discriminación basada en el sexo o el género. «Las
mujeres marginadas» incluyen a las niñas; a las mujeres y niñas de las comunidades
locales indígenas, afrodescendientes y campesinas, a las mujeres mayores; a las mujeres y
niñas con discapacidades, a las mujeres y niñas LGBTI, a las mujeres y niñas migrantes,
desplazadas y refugiadas, a las mujeres solteras, casadas informalmente y viudas y a las
mujeres y niñas que viven en conflictos armados prolongados. ¿Cómo se puede
empoderar a estas poblaciones para que aumenten su impacto como agentes de
transformación ambiental positiva?

 

 

6. ¿Qué tipo de transformaciones socioeconómicas, culturales, jurídicas y/o institucionales
serían necesarias en el contexto nacional de sus Estados para lograr la paridad de género
que más directamente repercute en los procesos de toma de decisiones medioambientales,
en los procesos de reparto de beneficios y en los resultados?

7. ¿En qué medida los ministerios de medio ambiente, las contribuciones determinadas a
nivel nacional, las estrategias y planes de acción nacionales en materia de biodiversidad
de su Estado incluyen planes de acción de género, presupuestos sensibles al género o
presupuestos específicamente dedicados a la igualdad de género? A nivel mundial, ¿qué
cambios son necesarios en los mecanismos de financiación del clima y la biodiversidad
para garantizar que estos tengan en cuenta el género e incluyan equitativamente a las
beneficiarias?

8. ¿Cuál es la mejor manera de que las empresas contribuyan a la realización del derecho a
un medio ambiente limpio, saludable y sostenible con igualdad de género? ¿Qué políticas
o prácticas existen ya para garantizar que las actividades empresariales identifiquen,
evalúen, prevengan, pongan fin, mitiguen y remedien eficazmente los impactos adversos
sobre el derecho de las mujeres y las niñas a un medio ambiente limpio, saludable y
sostenible, tal y como se articula en los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre
las Empresas y los Derechos Humanos?

9. Por favor, comparta sus buenas prácticas para: i) proteger los derechos de las mujeres y
las niñas a un medio ambiente seguro, limpio, saludable y sostenible; ii) empoderar a las
mujeres y las niñas para que actúen como agentes positivos de la justicia medioambiental;
y iii) animar a los hombres y los niños a actuar como aliados en estos esfuerzos. Además,
¿podría destacar el trabajo de alguna mujer o niña defensora del medio ambiente? Las
buenas prácticas pueden darse a nivel internacional, regional, nacional, subnacional o
local, y pueden incluir: la aplicación de medidas para garantizar la participación de las
mujeres en los procesos de toma de decisiones medioambientales; esfuerzos para apoyar a
las defensoras del medio ambiente; medidas para facilitar el acceso de las mujeres a la
financiación del clima o de la biodiversidad; legislación, reglamentos, normas,
jurisprudencia, planes y políticas que tengan en cuenta el género; e iniciativas para
aumentar el acceso de las mujeres a los recursos productivos y el control sobre ellos,
incluyendo la tierra, los recursos forestales, el agua dulce, el crédito, los préstamos y los
servicios de extensión. Se valorarán especialmente los ejemplos que traten a las niñas de
forma distinta a las mujeres adultas.

10. ¿Cuáles son los beneficios potenciales de respetar, proteger y satisfacer los derechos de
las mujeres y las niñas a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible? Se valorarán
especialmente los ejemplos que traten a las niñas de forma distinta a las mujeres adultas.

Libertad de expresión y libertad de creencias: Declaración de Beirut

 

“Aquel que salva la vida de una persona es como si salvara la vida de todos.”

El Corán 5:32

 

Hace unos años el Relator especial sobre la libertad de religión o de creencias del Alto Comisionado ACNUDH, ante la creciente recuperación de la legislación contra la blasfemia y la apostasía a nivel internacional y el nuevo auge de leyes de orden público que tergiversaban las problemáticas del odio, se vio en la obligación de emitir un informe específico (A/HRC/40/58) en el que, con datos en la mano, constataba que

 

“Los datos disponibles en el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas demuestran la relación inextricable que existe entre el grado de protección de la libertad de expresión y la medida en que se respeta y disfruta de la libertad de religión o de creencias.”

 

El reciente ataque al escritor Salman Rushdie, uno de los ejemplos centrales que utilizó el Relator para su argumentación en este informe, lo trajo de nuevo a mi memoria.

 

El modo en el que socialmente, en especial en los medios de comunicación, se presentan estos dos derechos como mutuamente excluyentes, cronificando los marcos de violencia y los argumentarios fanáticos de “legítima defensa frente a la agresión” fue el escenario que se trató de desarticular con el trabajo desde el ACNUDH:

 

“La libertad de expresión es necesaria para el disfrute pleno y efectivo de las libertades de pensamiento, de conciencia y de religión o creencias. La relación entre estos derechos es de refuerzo mutuo, no de tensión o jerarquía.”

 

El hecho de que las leyes contra la blasfemia hayan seguido creciendo en los últimos años a pesar de la constatación de que “sofocan la libertad de pensamiento, conciencia y religión o creencias, así como un diálogo y un debate saludables sobre cuestiones religiosas” así como sabiendo que las leyes contra la apostasía se utilizan a nivel global, precisamente para sofocar la libertad religiosa o de creencias “para imponer efectivamente el monopolio de ciertas creencias religiosas y para legislar el comportamiento social restringiendo las libertades civiles”, ponen de manifiesto la necesidad de seguir explorando y profundizando los acuerdos logrados en la Declaración de Beirut y el Programa Fe para los Derechos.

 

 

Poniendo de manifiesto, entre otras emergencias, que “el discurso es uno de los ámbitos más estratégicos entre las responsabilidades que nos comprometemos a asumir” la Declaración internacional de Beirut de 2017 lograda tanto por las comunidades de fe internacionales como por los organismos y agentes de la sociedad civil defensores de los derechos humanos se comprometieron explícitamente a la defensa de la libertad de cátedra y la libertad de expresión, explorando también la capacidad que pueden tener las creencias religiosas como objeto de nuevos desafíos para el pensamiento libre y creativo.

Partiendo del “compromiso común por defender la dignidad y la igualdad de todos los seres humanos” lo más sustancial de la Declaración de Beirut reside en el compromiso de las comunidades de fe a nivel internacional EN LA PROTECCIÓN DE TODO EL ESPECTRO DE DERECHOS HUMANOS INALIENABLES.

Queda descartado así el falso e interesado enfrentamiento entre la protección de la libertad de expresión y la libertad de creencias.

Como se refleja en su artículo 5:

“Creemos que la libertad de religión o de creencias no existe sin la libertad de pensamiento y de conciencia que precede a todas las libertades, ya que ellas están vinculadas a la esencia humana y sus derechos de elección, y a la libertad de religión o de creencias.”

También en su artículo 14:

“Apoyamos plenamente los valores universalmente reconocidos tal como se articulan en los instrumentos internacionales de derechos humanos como normas comunes de nuestra humanidad compartida.”

 

Teniendo en cuenta el riesgo del uso interesado del falso enfrentamiento y dicotomización excluyente entre estos dos derechos en el actual escenario tanto nacional como internacional, para seguir construyendo atmósferas de odio que permitan “en río revuelto, ganancia de pescadores”, más aún ante el shock que ha provocado el brutal ataque tanto a Salman Rushdie como a Henry Reese, traigo a esta humilde plaza de pueblo de lenta conversación, fuente y árboles granados, el espíritu de la Declaración de Beirut, para que nunca demos pasos atrás frente a los logros conquistados.

 

Derechos culturales para un mundo rural vivo-Editorial para la Fundación Interarts

Derechos culturales para un mundo rural vivo

 

 

Como es un privilegio haber tenido la oportunidad de compartir reflexión este mes en forma de editorial para la Fundación Interarts, dejo por aquí el enlace al mismo por si generamos conversación España-América Latina y ponemos en el centro del diálogo el papel que pueden desempeñar las políticas culturales para la protección de los derechos humanos y la construcción de horizontes de futuro para un mundo rural vivo a nivel internacional. ¡Hagamos que llueva!

 

DERECHOS CULTURALES PARA UN MUNDO RURAL VIVO