Justicia ecológica y derechos de la naturaleza

 

Como hace unas semanas me hizo muy feliz escuchar a Teresa Vicente en la presentación de su nuevo libro “Justicia ecológica y derechos de la Naturaleza”, quería dejar un mínimo eco de toda su fuerza e inspiración en el jardín de mi casa, aquí.

¿Qué dice de nosotros como sociedad que las empresas tengan personalidad jurídica y la Naturaleza no la tenga? Desde esta pregunta inicial que lanzaron también investigadoras del grupo Speak4Nature, nos fuimos acercando, como también lo hace su nuevo libro, a los procesos por los cuales en varios lugares del mundo se ha conseguido dotar de personalidad jurídica a determinados ecosistemas, movilizando también a las Naciones Unidas que han identificado en estos procesos un camino de futuro a recorrer, tal y como ha sido el caso pionero a nivel europeo de la protección del Mar Menor.

Partiendo del realismo radical que reconoce en el actual sistema económico “la degradación ecológica del planeta y de la desposesión territorial, económica y cultural de la mayor parte de la humanidad”, se va desgranando el camino que ya estamos recorriendo a nivel global para conquistar una nueva generación de derechos, tal y como han sido los derechos de los pueblos indígenas y los derechos de la Naturaleza que van abriéndose paso, despacio pero sin pausa, a nivel global.

Como comenta Teresa Vicente en la introducción de su libro:

 

“Tenemos que detener nuestra carrera hacia adelante y poner límites a un modelo de desarrollo que es la causa de la degradación ecológica y nos lleva al suicidio colectivo. La prioridad debe ser la preservación de los ecosistemas, porque en ellos se dan las interacciones entre todas las formas de vida; en segundo lugar, la preservación de la especie humana y sus derechos: y, en tercer lugar, la construcción de un modelo económico que posibilite el desarrollo de todas las formas de vida en la Tierra.”

 

Desde el convencimiento de que ha llegado el momento para un cambio de paradigma, que reconozca la unión del ser humano con la Naturaleza y la interdependencia con ella, la tarea generacional que tenemos por delante es proyectar esta ¡realidad! en los ámbitos de la economía, el derecho y la política. Se hace urgente entonces también un cambio cultural de raíz que sustente este cambio de visión y que amplíe el marco tradicional de la ciudadanía hacia la ciudadanía ecológica, consciente de la justicia intergeneracional, “nuestros actos de hoy tienen consecuencias sobre el mañana”.

Poner en valor a la Naturaleza en sí misma y por su valor intrínseco supondría “abandonar paulatinamente la concepción antropocéntrica del Derecho hacia una concepción ecocéntrica, que amplía el ámbito jurídico para incluir al ecosistema del cual forma parte el ser humano”.

Tras los capítulos dedicados a la Justicia Ecológica y su interrelación con el derecho, la economía y la política, así como al capítulo dedicado a los derechos de la Naturaleza desde la filosofía del derecho, Teresa Vicente comparte toda la experiencia desarrollada en el impulso de la iniciativa legislativa popular para la protección del Mar Menor, iluminando posibilidades para otros espacios que estén en procesos de movilización popular para la protección de su territorio.

En mi lectura se han quedado resonando, no obstante, los ejemplos vinculados a Colombia y las posibilidades enmarcadas en el concepto legal de los derechos bioculturales reconocidos en su jurisprudencia, que “unifican los derechos de las comunidades étnicas a los recursos naturales y a la cultura, entendiéndolos integrados e interrelacionados” y cuya defensa podría resultar tan interesante en el contexto español para determinadas luchas contra fenómenos extractivistas, especialmente en el rural español.

Dejando estas simples pinceladas de lectura a modo de reconocimiento y gratitud y buscando el diálogo desde otras disciplinas, me quedo con las palabras finales de Teresa Vicente:

 

“El aumento de la magnitud de la crisis ecológica y la declaración de emergencia climática actual es suficiente para mostrar que el siglo XXI necesita una Declaración Universal de los Derechos de la Naturaleza, que se una a la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la segunda mitad del siglo XX. Más allá de la visión antropocéntrica actual, ha de avanzarse hacia una visión ecocéntrica de la vida, que reconozca que la Naturaleza es la base de la supervivencia de todas las especies, incluida la especie humana y que tiene sus propios derechos.”

(En un alarde «pitoniso», un día después de la publicación de esta entrada, se hizo público que Teresa Vicente había ganado el Goldman Prize 2024, por lo que le damos la enhorabuena, nos ponemos de pie, aplaudimos y junto a la tierra, lo celebramos. )

Responsabilidad empresarial en materia de derechos culturales

 

(Texto escrito como editorial para la Fundació Interarts, mayo de 2023)

Si prefieres leerlo en catalán, en este enlace, ¡gracias!

 

Aprovechando la próxima presidencia española del Consejo de la Unión Europea y la celebración de la próxima Cumbre UE-CELAC durante el mes de julio, sería un buen momento para plantearnos tanto desde las políticas culturales como desde el mundo de la cooperación qué papel queremos desempeñar en el despliegue eficaz de la agenda de trabajo sobre empresas y derechos humanos en este marco multilateral.

Desde el Alto Comisionado de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, especialmente a través del mandato de sus procedimientos especiales en materia de derechos culturales, derecho al desarrollo y el grupo de trabajo especializado en Empresas y Derechos Humanos, se están articulando desde hace tiempo procesos de diálogo multiactor y con la sociedad civil que tratan de incidir sobre el impulso de legislaciones nacionales más eficaces con regímenes de diligencia debida obligatoria en materia de derechos humanos.

Más allá de la difusión y la aplicación efectiva de los Principios Rectores de las Empresas y los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, quizá haya llegado el momento de plantearnos desde las políticas culturales, especialmente desde Europa y mayoritariamente las vinculadas al desarrollo, cómo podemos contribuir a la renovación de dichos Principios para incorporar una nueva sensibilidad hacia la dimensión cultural del desarrollo, un mayor protagonismo de la protección de los derechos culturales frente a la acción empresarial, así como una implementación de la perspectiva de género más eficaz al incorporar una mirada interseccional tanto en los procesos de consulta previa como en las acciones de reparación empresarial efectiva.

Si bien las acciones de incidencia a favor del impulso de una Ley de Debida Diligencia en España cuentan ya con un largo recorrido de negociación, una sólida propuesta técnica y han logrado aglutinar a gran parte de la sociedad civil vinculada a la temática bajo el paraguas de la Plataforma por Empresas Responsables, no es menos cierto que el sector de las políticas culturales en general y de la cooperación cultural en particular no ha tenido un papel protagonista ni ha formado parte del llamamiento a la acción ante la ausencia de un marco legislativo en materia de derechos humanos y medioambientales de nuestra acción empresarial como país en el exterior. Tampoco la protección de los derechos culturales está siendo un eje de atención o movilización en el impulso de la Ley, lo que supone un vacío especialmente relevante y potencialmente lesivo en el marco de las relaciones comerciales y de inversión entre la Unión Europea y América Latina. Existe ya casuística y documentación suficiente sobre procesos de vulneración de los derechos culturales de los pueblos indígenas, los derechos lingüísticos de las comunidades en procesos de consulta previa o reparación, así como situaciones de expolio cultural realizadas por empresas transnacionales europeas, como para estar en alerta ante el olvido o minimización de esta dimensión específica de los derechos humanos.

Las últimas aportaciones realizadas tanto por Interarts como Fundación, así como por miembros de su equipo a los Informes del Alto Comisionado de Naciones Unidas en materia de Derechos Humanos, “Derechos culturales y desarrollo sostenible”, “Gobernanza del desarrollo y derechos culturales” así como el reciente informe sobre “Instituciones financieras de desarrollo y derechos humanos”, están tratando de superar el actual vacío existente en la identificación, medición y protección de los impactos de la acción empresarial vinculada al desarrollo sobre los derechos culturales así como promoviendo la creación de nuevas capacidades en el ecosistema de la medición y la inversión de impacto para el desarrollo de una nueva mirada más sensible a la dimensión cultural de los derechos humanos.

Esperemos, por tanto, que el marco propicio de la próxima Cumbre UE-CELAC sea definitivo para la adopción del enfoque basado en derechos humanos en toda la actividad empresarial y de inversión, que la dimensión de los derechos culturales esté presente en el diálogo multilateral y que el compromiso español con la legislación de Debida Diligencia en materia ambiental y de derechos humanos encuentre en este escenario su oportunidad para mostrarse al mundo. Así lo esperamos.

 

Estefanía Rodero, vocal del Patronato de la Fundación Interarts

 

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  1. Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos, Naciones Unidas.
  2. Plataforma por Empresas Responsables.
  3. A/77/290 Development and cultural rights: the principles
  4. Call for inputs for the Working Group’s report on development finance institutions and human rights