Tejedoras contra Goliat: transnacionales, derechos culturales y oportunidad

En junio de 2014, el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, tras largos años de debate, adoptó la resolución 26/9 para la elaboración de un instrumento internacional legalmente vinculante para las empresas transnacionales en materia de derechos humanos. Con los votos en contra del Norte global (Alemania, EEUU, Francia, Reino Unido, Italia) su aprobación vino de la mano de los votos favorables y las abstenciones del Sur global representado en el Consejo.

Pendientes como estamos de la 3ª sesión deliberativa y consultiva del órgano intergubernamental encargado de la redacción del instrumento que se celebrará del 23 al 27 de octubre de este año, y ante la que los movimientos sociales internacionales presentes en la campaña Stop Corporate Impunity están articulando diferentes propuestas jurídicas para ser incorporadas a la redacción final (y acabar con la arquitectura de la impunidad legal, como ha recogido minuciosamente Juan Hernández Zubizarreta en su libro Las empresas transnacionales frente a los derechos humanos: historia de una asimetría normativa), cabe preguntarse qué grado de protección y referencia específica tendrá la dimensión cultural y la problemática de vulneración de los derechos culturales en el instrumento internacional y qué papel clave podrían jugar los países iberoamericanos, dados los compromisos adquiridos en la Carta Cultural Iberoamericana –también firmada por España, conviene recordar-  tanto con el reconocimiento y promoción de los derechos culturales, el reconocimiento del derecho de las comunidades locales y poblaciones indígenas sobre los beneficios que se derivan de la utilización de sus conocimientos y tecnologías tradicionales, el principio de justa remuneración y reparto equitativo de los beneficios de la utilización de los conocimientos tradicionales, así como con la puesta en valor y reconocimiento de las iniciativas culturales vinculadas a la economía solidaria.

 

 

Si bien las referencias a los derechos culturales en los debates y sesiones previas han venido ligadas a su dimensión territorial, su articulación con los conocimientos agrícolas y a la vinculación con los pueblos indígenas (la referencia a la importancia de los paisajes culturales frente a la minería extractiva, el expolio de lugares rituales y de memoria indígenas, el impacto sobre la soberanía alimentaria, la emergencia de protección de las defensoras ambientales ante la instrumentalización de las fuerzas del orden por parte de las empresas transnacionales), se observa un vacío relevante en relación a otras dimensiones de vulneración de los derechos culturales, basadas en la desprotección de la propiedad intelectual colectiva frente al extractivismo del arte popular por parte de la industria transnacional, especialmente la textil.

Entre las situaciones de resistencia regional frente a estos abusos del complejo multinacional textil, encontramos en Centroamérica diferentes focos de movilización protagonizados por mujeres, que están encontrando en su labor como bordadoras no sólo un elemento de empoderamiento personal sino un símbolo de defensa colectiva de la identidad y un elemento estratégico para reivindicar el respeto de los derechos colectivos de los pueblos indígenas. Las movilizaciones vividas tanto en Panamá como en Guatemala, nos muestran una reactualización del uso político de los tejidos (que cuenta con una importante tradición en los modos de participación política de las mujeres iberoamericanas en su vinculación con estrategias artísticas, como mostraron las arpilleras chilenas contra Pinochet, Mama Quilla en los procesos memoriales de Perú, Bordamos por la Paz, etc.). La reivindicación de los derechos culturales como derechos humanos, la claridad con la que se muestra la interrelación entre protección de derechos culturales y derechos económicos de las creadoras y los territorios en los que se asientan, la presión para generar avances en el reconocimiento de los derechos colectivos de propiedad intelectual, la denuncia del modelo económico basado en la cooptación de conocimientos, así como la movilización frente a un modelo turístico impostado y extractivista, son algunas de las claves de este nuevo modelo de reivindicación.

Una de las movilizaciones activas frente a los abusos de la transnacional textil la encontramos en Guatemala, a través de la exigencia de la redacción de una nueva ley (que siga los pasos de la Ley 20 de Panamá) que proteja los textiles artesanales y la declaración de inconstitucionalidad de las actuales leyes nacionales de protección intelectual que no reconocen los derechos de propiedad de los pueblos. El grupo de tejedoras mayas que ha impulsado la iniciativa busca, entre otras acciones de reconocimiento, el hecho de que se otorgue el registro de propiedad intelectual colectiva de los textiles mayas a las comunidades indígenas. Ante la enorme presión que la gran industria textil, principalmente china, está generando en la región, dada la copia de motivos textiles tradicionales replicados industrialmente y comercializados a bajo coste, situación propiciada por el vacío legal en la protección de los tejidos típicos y los derechos de las artesanas, las tejedoras están exigiendo al Gobierno, a través del recurso de inconstitucionalidad, medidas que las protejan frente al expolio y el lucro de las empresas nacionales y extranjeras.

Como afirmó en declaraciones a prensa María Angelina Aspuac, líder del grupo de tejedoras:

“Los pueblos son los autores. Lo que pedimos es que se reconozcan como sujeto colectivo a los pueblos indígenas, y no sólo a la persona individual o a una asociación. No estamos en contra de la comercialización, pero que se pida permiso a los pueblos y que la comunidad decida si otorga la licencia para comercializar los diseños. También que se pague un derecho”.

Encontramos en esta movilización un hecho diferencial que puede generar un efecto réplica importante. Se trata de la narrativa crítica que están implementando contra el modelo turístico guatemalteco. Entre sus reivindicaciones destaca el hecho de exigir que el Instituto Guatemalteco de Turismo destine un porcentaje de los ingresos que éste genera para las tejedoras. Según su denuncia, si Guatemala está utilizando tanto la imagen maya como su tradición artesanal como ejes básicos de sus campañas de marketing internacional para el fomento turístico, generando situaciones  controvertidas como la contratación de actores para que se vistan con trajes típicos de los pueblos indígenas del país en exhibiciones sin el beneplácito de las comunidades o la venta de tejidos tradicionales sin reporte económico a las artesanas, se plantea la importancia de que los beneficios turísticos reviertan tanto sobre los pueblos como sobre las creadoras de dichas artesanías y sus condiciones de vida.

Aunque el Viceministro de Cultura y Deportes guatemalteco haya afirmado en declaraciones públicas “la necesidad de reconocer la propiedad intelectual de las expresiones culturales tradicionales y conocimientos ancestrales, para evitar el expolio que están sufriendo las comunidades y especialmente los pueblos indígenas, y para que estos se beneficien económicamente de sus expresiones”, aún sigue adelante tanto el recurso legal como las movilizaciones, a fin de lograr impulsar en Guatemala una nueva ley que proteja a las creadoras.

 

 

La especial desprotección en materia de derechos económicos, sociales y culturales a la que se enfrentan las artistas textiles de América Latina frente a la presión creciente de la industria textil multinacional amparada por las zonas económicas especiales, requeriría una acción de liderazgo estratégico institucional regional en el proceso de redacción del Tratado vinculante.

  • Si, como recoge la Carta Cultural Iberoamericana, el respeto a la diversidad y la apuesta por la economía solidaria de la cultura son puntos de fuerza regionales.
  • Si, como hemos visto, existen importantes y recientes movilizaciones sociales que están abanderando el respeto a los derechos culturales y visibilizando áreas importantes de fricción respecto al actual paradigma comercial.
  • Si América Latina ha supuesto una avanzadilla internacional respecto al reconocimiento constitucional de los derechos culturales y los debates respecto al reconocimiento de la diversidad cultural y la protección de los derechos colectivos de propiedad intelectual.
  • Si la región iberoamericana en la actual correlación de fuerzas internacional sigue considerándose espacio periférico para la producción y distribución comercial mundial, sufriendo territorialmente las consecuencias del modelo de globalización y teniendo que hacer frente a los costes en vidas, sociales, ambientales y económicos que supone el modelo empresarial transnacional.
  • Si la aprobación de la redacción del documento vinculante sobre Transnacionales y derechos humanos ha sido posible gracias a la presión del Sur global con un importante papel de los países iberoamericanos

sería lógico concluir que la región iberoamericana está en condiciones favorables para liderar el cambio de paradigma hacia modelos de economía solidaria y canales de comercio justo en el campo de la cultura así como para lograr que en el documento vinculante se preste una especial atención a la protección de los derechos culturales y al avance en la judicialización de su vulneración por parte de las empresas transnacionales, vulneración que, como hemos visto, sigue teniendo rostro de mujer.

 

 

Llamando a la tierra: España, culturas campesinas y nuevos debates de DDHH en la ONU

“Si el cielo de Castilla es alto es porque lo habrán levantado los campesinos de tanto mirarlo.”

Miguel Delibes

“N’attendons pas un seul instant levons la tête/Prenons d’assaut la terre”

Verso de Paul Eluard, enarbolado por Jean-Luc Mélenchon en un mitin la semana pasada

 

Aprovechando que el 17 de abril es el Día Internacional de las luchas campesinas quería traer a la conversación en este espacio el debate fundamental que se está librando actualmente en el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas alrededor de dos nuevas Declaraciones y que, desde mi punto de vista, fuera de los círculos “iniciáticos” no está teniendo el eco social que merecen. Se trata de los proyectos de declaración “sobre los derechos de los campesinos y otras personas que trabajan en zonas rurales” y la  elaboración de un instrumento internacional vinculante “sobre las empresas transnacionales y otras empresas con respecto a los derechos humanos”.

No es sólo el hecho de que sean dos documentos normativos que traten de frenar los abusos de uno de los pilares básicos sobre los que se sostiene el edificio neoliberal mundial y uno de los principales responsables del cambio climático, la agroindustria transnacional, sino que consolidan el protagonismo que tendrá para nuestro siglo el reconocimiento de los derechos colectivos en el seno de los derechos humanos. Si ya se dieron pasos clave al respecto tanto con la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo como la Declaración de los pueblos indígenas, el reconocimiento como derechos humanos del derecho a la tierra, al agua y las semillas, así como a la soberanía alimentaria de los pueblos están ahora mismo en disputa en los grupos de trabajo de Naciones Unidas.

Si desde las políticas culturales y en concreto desde las relaciones culturales internacionales se está prestando una atención cada vez mayor al, múltiple y polifacético, engarce entre cultura y territorios no se debe exclusivamente al interés en la preservación del patrimonio natural e inmaterial, o al más obvio papel que puede desempeñar la cultura como motor de desarrollo económico, sino también a la centralidad que están tomando los derechos culturales en la propia defensa del derecho a la tierra. Si La Vía Campesina explicita su movilización internacional en estos términos: “Planteamos la defensa de la tierra y el territorio como fuentes de vida inseparables de las prácticas culturales de nuestros pueblos”, es la cultura campesina entendida como un todo indisociable «comunidades culturales/territorio»  lo que se pretende defender y proteger en la nueva norma internacional.

 

Junto a los ya mencionados derecho a la alimentación y a la soberanía alimentaria, junto al derecho a la tierra, quiero detenerme en tres aspectos recogidos en el Proyecto de Declaración sobre los derechos de los campesinos y de otras personas que trabajan en las zonas rurales que tendrían un eco importante sobre el medio rural español:

  • La inclusión del Artículo 26 “Derechos culturales y conocimientos tradicionales” en el que se recoge el derecho a disfrutar de su propia cultura y aspirar libremente al desarrollo cultural nos daría un nuevo marco normativo internacional para exigir con mayor vehemencia el respeto y protección a los derechos culturales en el medio rural español que, a día de hoy, siguen teniendo un carácter subsidiario y claramente deficiente. Nos permitiría movernos más allá de los marcos de la “preservación” o de los riesgos de la “falsificación cultural turística” para incorporar a la agenda política española los derechos de acceso, participación y creación culturales rurales que a día de hoy cuentan con un sesgo territorial de base.

 

  • De igual manera, el reconocimiento de los derechos a los recursos naturales y su gestión y conservación permitirían ensayar e incorporar en España instrumentos que hasta la fecha se han circunscrito a la realidad de la diversidad cultural iberoamericana, como el derecho a la consulta a las comunidades de forma previa a cualquier tipo de explotación territorial. Sumaría un elemento de protección importante para aquellas resistencias rurales en España que están haciendo frente al avance de la política extractiva en nuestro país.

 

  • En relación al derecho a la alimentación y a la soberanía alimentaria, el proyecto de declaración recoge la necesidad de “garantizar la coherencia del mismo con las políticas culturales”. Este enfoque nos permitiría derribar en España “el tabique invisible” que a día de hoy sigue separando las políticas y medidas legislativas de desarrollo rural y los espacios de decisión relativos a las políticas culturales que merman las posibilidades y derechos del medio rural español. En la llamada permanente del documento a la creación de oportunidades no agrícolas destinadas especialmente a los jóvenes de las zonas rurales, se hace evidente el papel que pueden jugar al respecto las políticas educativas y  de patrimonio, tal y como lleva demostrando décadas Peridis y que nos recordaba la semana pasada de nuevo en estas declaraciones.

Junto a todo lo anterior, no podemos olvidar que uno de los ejes centrales que movilizan las dos nuevas declaraciones de la ONU en juego es el reconocimiento al papel que están desempeñando las mujeres a nivel global en la defensa de la soberanía alimentaria y la preservación de la biodiversidad y patrimonio mundiales, tratando de dar una respuesta de urgencia ante el alto precio en vidas y dolor que dicha preservación, con la mirada siempre puesta en la transmisión a las futuras generaciones, se está cobrando. Es fundamental que visibilicemos con mayor rotundidad el hecho de que cuando hablamos de protección del patrimonio y respeto a las culturas campesinas, es principalmente del respeto a los derechos humanos de las mujeres de lo que estamos hablando.

 

Por ello, quería aprovechar la celebración del Día internacional de las luchas campesinas para honrar “la mirada afectiva del mundo” que siguen proponiendo los ecofeminismos rurales y seguir desde las políticas culturales preguntándonos qué escondería en nuestro campo esa invitación abierta al “menos extraer y más cuidar a cambio de”.

 

 

Derechos culturales: pieza clave de la profundización democrática (2ª parte y fin)

(Viene de Derechos culturales: pieza clave de la profundización democrática 1ª parte)

2.1.- Identidades

En la declaración de expertos de Naciones Unidas con motivo de la celebración del Día Mundial de la Diversidad Cultural “Los derechos humanos son herramientas esenciales para un diálogo intercultural efectivo”, se recoge una idea que va repitiéndose como leitmotiv en diferentes declaraciones internacionales (derechos de las minorías, derechos de los pueblos indígenas, protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales), el derecho a “reformular la propia identidad”.

En dicha declaración se afirma:

 

El respeto de los derechos humanos promueve la diversidad cultural, al ofrecer a las personas y los grupos la posibilidad de expresar y desarrollar libremente su identidad cultural; acceder a la herencia cultural y religiosa y la información de su propia comunidad y de otros grupos, así como a los beneficios del progreso científico; y participar en la interpretación, elaboración y desarrollo de la herencia cultural y en la reformulación de los contenidos y contornos de su identidad cultural.

 

Esta noción performativa de la identidad, estratégicamente utilizada por los feminismos y por otros movimientos políticos y sociales en defensa de los derechos de las minorías, como el colectivo LGTBI o los movimientos de descolonización (el descubrimiento de la propia identidad colonizada y la necesidad de nombrarse con las propias palabras del que habla Frantz Fanon en Piel negra, máscaras blancas) lo que hace es poner de manifiesto la construcción socio-política de cualquier identidad. Si la artista Barbara Kruger ya afirmaba rotunda Your body is a battleground, las identidades también lo son. Frente a la utilización política y económicamente interesada de nociones de identidad opresivas, sobre la que ya reflexionó Amartya Sen en contestación al reduccionista enfoque del choque de civilizaciones de Huntington, hacer valer la performatividad de las identidades, su carácter cambiante, su tensión dialógica se plantea como un modo útil de hacer frente a algunos de los riesgos identificados de nuevo por Farida Shadeed, a saber:

  • La uniformización identitaria impuesta por las políticas globalizadoras.
  • La fosilización de manifestaciones y la apropiación indebida de patrimonio inmaterial con fines turísticos.

Frente a quienes sitúan las políticas culturales que versan sobre identidades exclusivamente como políticas de cooperación al desarrollo, se hace evidente que la profundización democrática de la que hablábamos en el primer punto de este artículo, necesariamente tiene que pasar por aquí. No sólo en la reflexión común de los conceptos identitarios implícitos (y con posicionamientos políticos subyacentes) presentes en la “moda actual” sobre la creación de marcas-país o marcas-territorio, sino a través de la aplicación de una mirada intra-estatal que reflexione sobre la multiplicidad de sus identidades y su necesaria representación social y política. Esta mirada intra-estatal sensible a las identidades podría mirar hacia el pasado -más allá de gruesos abordajes turísticos- analizando qué identidades han sido invisibilizadas bajo la identidad hegemónica (por ejemplo, en el caso español la herencia cultural morisca y judía entre otras) así como podría operativizarse en el presente a través de la creación de nuevos agentes sociales y políticos que introduzcan en la agenda estatal sus puntos de vista no explicitados (por ejemplo, en la línea de reflexión iniciada en el Espacio Afroconciencia) y exijan, en sintonía con el marco referencial de la “igual dignidad de todas las culturas” recogida en las principales Declaraciones de la UNESCO, una mayor y mejor definición de democracia.

2.2.- Territorios.

El reconocimiento del vínculo entre cultura y territorios asumido en diversas convenciones tanto de la UNESCO como del Consejo de Europa a través del Convenio Europeo del Paisaje y el consiguiente paraguas de protección que ofrece este marco del derecho cultural internacional podrían citarse y hacerse operativos con mayor frecuencia en la actual situación de la ruralidad española y europea. Si bien es la Declaración de los derechos de los pueblos indígenas la que hace una referencia más nítida a la tierra en sus artículos 25 y 26:

Artículo 25

Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y fortalecer su propia relación espiritual con las tierras, territorios, aguas, mares costeros y otros recursos que tradicionalmente han poseído u ocupado y utilizado y a asumir las responsabilidades que a ese respecto les incumben para con las generaciones venideras.

 

Artículo 26

  1. Los pueblos indígenas tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado o utilizado o adquirido.
  2. Los pueblos indígenas tienen derecho a poseer, utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos que poseen en razón de la propiedad tradicional u otro tipo tradicional de ocupación o utilización, así como aquellos que hayan adquirido de otra forma.
  3. Los Estados asegurarán el reconocimiento y protección jurídicos de esas tierras, territorios y recursos. Dicho reconocimiento respetará debidamente las costumbres, las tradiciones y los sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas de que se trate.

no es menos cierto que la Observación general nº 21 sobre el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (y anteriormente, aunque con más tibieza la Convención sobre la protección del patrimonio mundial, cultural y natural) amplía la noción de acceso a la vida cultural que comprendería también “seguir un estilo de vida asociado al uso de bienes culturales y de recursos como la tierra, el agua, la biodiversidad” alertando sobre la necesaria protección de los territorios ante la explotación ilícita o injusta por parte de empresas transnacionales.

Se hace evidente que los riesgos a los que apunta la Declaración de derechos de los pueblos indígenas trascienden el marco planteado en el documento, tienen carácter transnacional y afectan también de lleno al mundo rural europeo. Mientras se avanza en el debate en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU sobre la elaboración del ansiado documento de Transnacionales y Derechos Humanos, ante el que tendremos que articular un nivel de presión sectorial suficiente para lograr que se explicite la necesaria protección de los derechos culturales frente a la mala praxis empresarial, desde el ámbito de las políticas culturales no deberíamos olvidar la vinculación entre cultura y territorio ya recogida en la norma internacional ni renunciar a las vías de justiciabilidad que abre. Como digo, no sólo justiciabilidad para el Sur global, sino para Europa, ante la creciente presión del extractivismo en el medio rural español que está pasando desapercibida por el peso de la despoblación que contribuye a su invisibilización mediática.

Si, de nuevo, en la Declaración de los derechos de los pueblos indígenas, se recoge en su artículo 29:

Los Estados adoptarán medidas eficaces para asegurar que no se almacenen ni eliminen materiales peligrosos en las tierras o territorios de los pueblos indígenas sin su consentimiento libre, previo e informado.

 

actualmente dicha presión extractiva se está replicando en el mundo rural del Sur de Europa, más envejecido y por tanto, con menor nivel de conflictividad social. Este mundo rural, especialmente en la Meseta, se ve también sofocado por el criterio de “belleza natural” recogido en la Convención de protección del patrimonio natural que mantiene ciertas connotaciones de “pintoresquismo centroeuropeo” y que desprotegen, por infravaloración, paisajes culturales como la dehesa. Las recientes movilizaciones en Badajoz contra la refinería Balboa, en Burgos contra el fracking, la plataforma Stop Uranio en Salamanca contra la apertura de la única mina de uranio a cielo abierto en toda Europa así como las movilizaciones rurales en Ávila ante la apertura de una mina de feldespato en plena Red Natura 2000 nos muestran la urgencia a la hora de poder aplicar los criterios de protección territorial recogidos en la declaración de pueblos indígenas en contextos europeos, así como de fortalecer la protección de los paisajes culturales y su reconocimiento.

En conclusión

Tal y como afirman tanto Prieto de Pedro como Alain Touraine se hace necesario tomar conciencia de que estamos en el tiempo de los derechos culturales, de modo que junto al impulso del cambio de paradigma hacia la promoción de los mismos y el respeto a la diversidad en la Unión Europea, tenemos como reto para su protección la incorporación en la cultura occidental de las dimensiones colectivas, de naturaleza y de transmisión del legado a las generaciones futuras, ejes centrales para nuevas acciones de gobierno en toda Europa que quieran afrontar, ante tiempos convulsos, la tarea siempre pendiente de traer más democracia a nuestras democracias.