#LaEducaciónContinúa y el derecho a la educación como derecho cultural

 

Bajo el lema #LaEducaciónContinúa la UNESCO ha impulsado una campaña mundial para tratar de poner el foco de atención sobre la situación a la que se enfrentan las niñas de todo el globo tras la pandemia. Más de 11 millones de niñas podrían no volver a la escuela después de esta crisis, lo que supone no sólo un retroceso en el derecho de acceso a la educación sino el inminente riesgo del aumento de los matrimonios infantiles, los embarazos precoces y de alto riesgo, la violencia en sus múltiples facetas y la pobreza, siempre la pobreza.

Para no dejarme acobardar por las dimensiones de este retroceso, teniendo en cuenta los 130 millones de niñas que en nuestro planeta aún no tenían acceso a la educación antes de la pandemia y resonando aún con la facilidad con la que en los últimos días se ha mercadeado con los derechos humanos de las mujeres y las niñas en la esfera internacional ante la situación afgana, volvía a la reflexión que Kambou Boly Barry compartía en los últimos meses sobre el derecho a la educación como derecho cultural, conjurando el riesgo del desaliento o la apatía.

 

La relatora está haciendo un llamamiento internacional para que el derecho a la educación se considere un derecho cultural en sí mismo y se produzca un cambio de perspectiva, el impulso de un nuevo paradigma educativo, es decir :

 

“el derecho a la educación entendido como el derecho de toda persona a tener acceso a los recursos culturales necesarios para desarrollar libremente su propio proceso de definición de la identidad, tener relaciones dignas de reconocimiento mutuo a lo largo de su vida y afrontar los desafíos cruciales a los que se enfrenta nuestro mundo, así como para participar en prácticas que le permitan apropiarse de estos recursos y contribuir a ellos.”

 

(Imagen de la película Buda explotó por vergüenza)

 

La plena efectividad del derecho universal a una educación inclusiva y de calidad no puede existir sin tener en cuenta los elementos que favorecen el respeto de la diversidad y los derechos culturales en la educación, señalando entre ellos:

  • La valoración de los recursos culturales presentes.
  • La descentralización en favor de actores locales y la dotación de cierta autonomía a las escuelas para garantizar la pertinencia cultural del aprendizaje.
  • Los métodos de observación participativa y sistémica.
  • El respeto de las libertades en el ámbito de la educación.

Así, la vida educativa pasaría a considerarse como una relación viva entre los actores y el conjunto de conocimientos que forman los recursos culturales comunes.

Se subraya la importancia que tiene la injusticia epistémica sobre la protección del derecho a una educación inclusiva y de calidad, señalando cómo la pérdida y desvalorización de los conocimientos presentes que atesoran objetos, instituciones o personas perpetúa situaciones de exclusión y desigualdad. Por lo tanto convendría no olvidar:

“la valoración de la diversidad de conocimientos presentes y la valoración de la diversidad de personas se refuerzan mutuamente”.

 

“las vulneraciones de los derechos lingüísticos o de los derechos a la memoria, o una visión sesgada que invisibiliza a ciertas comunidades y sus contribuciones, son graves y tienen efectos nefastos a través de las generaciones, especialmente cuando se enseñan diferentes narrativas a diferentes comunidades.”

 

(Imagen de la película Buda explotó por vergüenza)

 

Dentro de este cambio de perspectiva, se alerta sobre la tendencia a limitar el derecho a la educación como un derecho cultural en sí mismo a las comunidades lingüísticas, religiosas o étnicas. No obstante, para abordar la diversidad cultural, afirma Koumbou Boly Barry, hay que tener en cuenta todas las diversidades, ya sean históricas, patrimoniales, sociales o relacionadas con el género o con la discapacidad, pero también las resultantes de trayectorias vitales particulares (por ejemplo, la migración, el desplazamiento o el asilo), o de situaciones de pobreza, pobreza extrema, violencia o violencia extrema. Además, las personas tienen múltiples comunidades de pertenencia o referencia e identidades multifacéticas.

 

Entre los elementos más interesantes de la consulta internacional de la que emerge esta reflexión, se encuentra la necesidad de revalorización de la transmisión intergeneracional, alertando sobre la gravedad de sus rupturas no sólo dentro de los círculos familiares, sino también dentro de las propias comunidades o como señalan para alertar de su importancia “para toda la Humanidad”. Ante el éxito rampante de los imaginarios de la eterna juventud, la invisibilización de los procesos transgeneracionales que dan lugar a logros y resultados, la negación del reconocimiento e invisibilización de las fuentes de aprendizaje y formación, ¿cómo contribuir tanto desde el ámbito educativo como desde la definición de las políticas culturales a poner en valor de un modo vivo y no esclerotizado el papel de la transmisión intergeneracional?

 

Y de nuevo, también en la defensa del derecho a la educación como derecho cultural, el poder de la agencia:

“una persona se apropia de un recurso cultural no solo cuando lo descubre y desarrolla su práctica utlizándolo, sino también cuando contribuye a él.”

 

O en resumen: acceder, practicar, contribuir. Mucho más ante los procesos de mercantilización de la educación que, “lejos de permitir el respeto de la diversidad cultural, suelen conducir a una uniformización empobrecedora.”

 

Comparto por aquí (cada cual conjura el riesgo de impotencia a su manera) este diálogo internacional, sintiendo que sería interesante seguir profundizando en este cambio de perspectiva y explorar de qué manera podría contribuir a reforzar el derecho a la educación de las niñas en todo el planeta, una de nuestras emergencias.