Contramonumentos y litigio estético

(Todas las imágenes hacen referencia a la obra «Fragmentos» de la artista colombiana Doris Salcedo)

 

Hace unos días en una formación para técnicas de cultura impartida por el consultor internacional de la UNESCO, Lázaro Rodríguez (aprovecho para dar las gracias al Centro Cultural de España Casa del Soldado, a la AECID y al Ministerio de Cultura de Panamá por permitir mi participación dentro del espacio de reflexión cultural iberoamericano), al hilo de la conversación también con Moisés Medrano, otra referencia clave en las políticas culturales desde un enfoque de derechos humanos, nos adentramos, partiendo del ejemplo colombiano, en las aristas y juegos de luz del “litigio estético”.

Con el ruido de fondo de las batallas culturales en España alrededor de la memoria, he querido traer aquí el trabajo de la investigadora Yolanda Sierra León alrededor de la reparación simbólica y los litigios estéticos.

Partiendo del hecho de la falta de claridad conceptual  alrededor de qué supone exactamente un acto de reparación simbólica (¿se trata de grabar placas, diseñar monumentos o memoriales, petición de disculpas institucional, adecuada sepultura, lugares conmemorativos diversos…? ¿De qué hablamos en la realidad concreta?), Yolanda Sierra defiende que “el arte, la cultura y el patrimonio pueden jugar un papel clave en la Justicia Restaurativa debido a su capacidad para crear vínculos entre desconocidos, entre ciudadanos y el Estado y especialmente entre personas enfrentadas por pasados dolorosos, donde unos son víctimas y otros autores de graves violaciones de derechos humanos”. Sin embargo, la potencialidad del arte y la cultura en estos procesos está centrada especialmente en su capacidad para enfrentarnos con las posiciones más difíciles en un conflicto desde perspectivas diferentes, habilitar espacios nuevos para la escucha del otro desde otros lenguajes, habilitar procesos para asumir responsabilidades y crear futuros diferentes.

 

 

Sin embargo, analizando las formas concretas en las que esta reparación simbólica tiene lugar, desde la realidad colombiana, Yolanda Sierra nos plantea cuestiones muy relevantes:

  • Nuestros actos y gestos de reparación simbólica, ¿observan las particularidades de los derechos humanos concretos que han sido violados?
  • ¿Tienen en cuenta las cosmogonías, puntos de vista, imaginarios propios, especificidades culturales de las víctimas o “para todas un duelo estandarizado”?
  • ¿Qué forma e importancia le estamos dando a nuestros actos de perdón público para el restablecimiento de la dignidad de las víctimas?

Mientras leía su reflexión recordé el trabajo Fragmentos de la artista colombiana Doris Salcedo, definido por ella misma como un “contramonumento”, que unió la fundición de 37 toneladas de armamento entregado por la guerrilla con un trabajo creativo junto a las mujeres que habían sido víctimas de violencia sexual durante el conflicto. Contramonumento en muchos sentidos, dado que el resultado “no se ensalza”, no juega al soporte del pedestal: se convierte en un suelo de placas metálicas que durará el mismo tiempo que ha durado el conflicto. ¿Qué otros lenguajes para la memoria colectiva pueden ser explorados que permitan la escucha de todas las voces dañadas por las violencias?

 

Así Yolanda Sierra nos muestra el aspecto tridimensional al que han de prestar atención los procesos de reparación simbólica:

  • Entendiendo a las víctimas como individuos concretos (entendiendo la particularidad de cada proceso), entendiendo a las víctimas como sujeto colectivo y entendiendo como víctima también el conglomerado social global que ha sido arañado por la violencia.
  • Actos de satisfacción y desagravio que incidan sobre la esfera emocional, sobre el buen nombre y sobre la continuidad de los proyectos de vida.

Muy interesante la creación de “paradigmas otros” de reparación, fuera de los marcos de castigo clásico y teniendo siempre como meta la no repetición, buscando también ahondar en las raíces de los conflictos armados, sin dejar fuera las zonas grises y “los perdones recíprocos”.

 

 

Así, aporta dos conceptos interesantes para la reparación simbólica:

 

  • El litigio estético: “empleo del patrimonio cultural material o inmaterial, declarado o no por el Estado, como mecanismo social para denunciar, demandar o exigir a la sociedad o al Estado, hechos o necesidades derivadas de la violación masiva de los derechos humanos por parte de actores armados de diferente origen, que alteraron crudamente el orden cotidiano de la vida individual y colectiva”.

 

  • El litigio artístico: “el amplio catálogo de obras o piezas de arte, de autoría de artistas de profesión o de oficio, que buscan poner de manifiesto una situación concreta de vulneración a los derechos humanos, ya sea de una víctima, un grupo de víctimas o incluso vulneraciones propias de un periodo de represión concreto (…) exponer en la palestra pública una situación de impunidad, anormalidad, injusticia, indiferencia social y estatal”.

Así, el litigio estético tendría un origen social “marginal”, entendido como aquel que está alejado de la institucionalidad central y hace memoria de aquellos sufrimientos que el poder oficial querría olvidar. Es la creación elaborada por las propias víctimas a un nivel colectivo. Habitualmente se apoya en tradiciones culturales previas y suele actuar bajo un interés comunitario. Se busca la catarsis del dolor, tiene un fin terapéutico, de resistencia, transformador, pero no supone una reparación legal. Las arpilleras chilenas, las bordadoras por la paz de México, las canciones de Las Pavas colombianas, los landays de las mujeres pastún en Afganistán estarían en esta línea. Hablamos por tanto de la incorporación en los procesos memoriales del patrimonio cultural propio de las víctimas.

El litigio artístico es la forma conmemorativa “oficial”, la que solemos entender como forma de homenaje a las víctimas. Según Yolanda Sierra, sus características serían:

  • Existencia de una obra de arte
  • Incorporación de los derechos humanos a la obra, del derecho a la verdad y la memoria
  • Dignificación de las víctimas
  • Contribución a las garantías de satisfacción y no repetición

Se trataría por tanto de profundizar también en la mediación del arte dentro de programas de justicia restaurativa buscando “el tratamiento colectivo de las ofensas con miras a la reparación del daño, la sanación de las heridas y el restablecimiento del vínculo social, a través de la discusión y la interacción entre la víctima, el victimario y la comunidad”.

 

A raíz de la reflexión de Yolanda Sierra y en una comparativa entre Colombia y España, me quedo con dos preguntas abiertas:

  • ¿Qué merecería contramonumentos en nuestra realidad memorial que den voz a experiencias no contempladas?, ¿cómo podrían crearse estos contramonumentos, desde qué lenguajes?

 

  • ¿Cómo incorporamos las creaciones populares del duelo ya presentes en nuestro país a los procesos institucionales de memoria?, ¿cómo hacer audible en toda su diversidad lo que ni siquiera sabíamos que no estábamos escuchando?